Competencia Judicial Laboral: Procesos, Notificaciones y Costos en el Derecho del Trabajo
Competencia del Juez Especializado de Trabajo
Competencia por Materia en el Proceso Ordinario Laboral
- La responsabilidad patrimonial o extrapatrimonial incurrida por cualquiera de las partes involucradas en la prestación de servicios, o terceros en cuyo favor se presta o prestó el servicio.
- Los actos de discriminación en el acceso, ejecución y extinción de la relación laboral.
- El cese de los actos de hostilidad del empleador, incluidos los actos de acoso moral y hostigamiento sexual, conforme a la ley de la materia.
- Las enfermedades profesionales y los accidentes de trabajo.
- La impugnación de los reglamentos internos de trabajo.
- Los conflictos vinculados a una organización sindical y entre organizaciones sindicales, incluida su disolución.
- El cumplimiento de las obligaciones generadas o contraídas con ocasión de la prestación personal de servicios exigibles a institutos, fondos, cajas u otros.
- El cumplimiento de las prestaciones de salud y pensiones de invalidez, a favor de los asegurados o los beneficiarios, exigibles al empleador, a las entidades prestadoras de salud o a las aseguradoras.
- El sistema privado de pensiones.
- La nulidad de cosa juzgada fraudulenta laboral.
- Aquellas materias que, a criterio del juez, en función de su especial naturaleza, deban ser ventiladas en el proceso ordinario laboral.
Competencia por Materia en el Proceso Abreviado Laboral
La reposición cuando esta se plantea como pretensión principal única.
Proceso Contencioso Administrativo Laboral
- SUNAFIL: Resoluciones de la inspección laboral.
- SERVIR: Laboral público (Tribunal del Servicio Civil).
- MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO: Autoridad Administrativa de Trabajo.
- ONP: Oficina de Normalización Previsional.
Diferencias entre Jurisdicción y Competencia
La jurisdicción es la potestad de resolver conflictos y la competencia es su distribución.
Competencia de las Salas Laborales
- Proceso de acción popular en materia laboral.
- Anulación de laudo arbitral que resuelve un conflicto jurídico de naturaleza laboral, a ser tramitada conforme a la Ley de Arbitraje.
- Impugnación de laudos arbitrales derivados de una negociación colectiva, a ser tramitada conforme al procedimiento establecido en la presente ley.
- Contiendas de competencia promovidas entre juzgados de trabajo y entre estos y otros juzgados de distinta especialidad del mismo distrito judicial.
- Conflictos de autoridad entre los juzgados de trabajo y autoridades administrativas en los casos previstos por la ley.
- Las demás que señale la ley.
Competencia por Función
Corte Suprema
- Del recurso de casación.
- Del recurso de apelación de las resoluciones pronunciadas por las salas laborales en primera instancia.
- Del recurso de queja por denegatoria de recurso de apelación o por haber sido concedido en efecto distinto al establecido en la ley.
Salas Laborales
- Del recurso de apelación contra las resoluciones expedidas por los juzgados laborales.
- Del recurso de queja por denegatoria de recurso de apelación o por haber sido concedido en efecto distinto al establecido en la ley.
Juzgado Especializado
- Del recurso de apelación contra las resoluciones expedidas por los juzgados de Paz Letrados en materia laboral.
- Del recurso de queja por denegatoria.
Determinación de la Cuantía
La cuantía está determinada por la suma de todos los extremos contenidos en la demanda, tal como hayan sido liquidados por el demandante.
Los intereses, las costas, los costos y los conceptos que se devenguen con posterioridad a la fecha de interposición de la demanda no se consideran en la determinación de la cuantía.
Definiciones Clave
Costos
Se entiende todo lo que ha costado el procedimiento (honorarios, gastos operativos, etc.).
Costas
Las constituyen las tasas administrativas y otros gastos similares realizados dentro del procedimiento.
Principio Dispositivo vs. Inquisitivo en el Proceso Laboral
Es aquel que asigna a las partes, y no al juez, la iniciativa del proceso, ejercicio y el poder de renunciar a los actos del proceso. El órgano jurisdiccional es quien inicia el proceso, sin estar encerrado en los límites de las partes.
Pretensiones en el Proceso Abreviado Laboral
En el proceso abreviado laboral, se atienden las pretensiones referidas al cumplimiento de obligaciones de dar no superiores a cincuenta (50) Unidades de Referencia Procesal (URP) originadas con ocasión de la prestación personal de servicios de naturaleza laboral, formativa o cooperativista, referidas a aspectos sustanciales o…
Comparecencia en el Proceso Laboral
Capacidad para ser Parte y Capacidad Procesal
- La capacidad para ser parte: equiparada por la doctrina al concepto de capacidad jurídica. De esta manera, se define a la capacidad para ser parte como aquella que se reconoce a todo el que posee capacidad jurídica, a fin de que pueda ser considerado como sujeto de una relación jurídica procesal, y por ende, pueda ser titular de derechos, cargas y obligaciones que se derivan del proceso.
- La capacidad procesal o capacidad para comparecer en juicio, ha sido definida como la proyección en el proceso de la capacidad para obrar. De esta manera, se le define como la aptitud para realizar activa o pasivamente actos jurídicos procesales con eficacia, en nombre propio o por cuenta ajena. Así, quienes posean capacidad para obrar podrán realizar con eficacia los actos procesales, y quienes no la posean podrán suplirla mediante la representación.
Reglas Especiales de Comparecencia
Artículo 8: Reglas especiales de comparecencia. 8.1, 8.2, 8.3.
Iniciativa de los Sindicatos en los Procesos Laborales
En Causa Propia
- Su constitución.
- Reclamos contra afiliados o la empresa.
Derechos Colectivos
- Libertad sindical.
- Negociación colectiva.
- Huelga.
- Seguridad y salud.
- Derechos de un grupo o categoría.
Defensa de Dirigentes y Afiliados
- No necesidad de poder especial de representación.
- Identificación de cada afiliado con sus respectivas pretensiones.
No Discriminación y Trabajo Forzoso o Infantil
Este apartado aborda la no discriminación en el acceso al empleo, así como las prohibiciones de trabajo forzoso e infantil.
Legitimidad para Obrar (Ordinaria y Extraordinaria)
La Legitimidad para Obrar (Ordinaria)
- La legitimidad nace como instituto que resguarda el hecho de que las partes de la relación material no siempre coinciden con las partes de la relación procesal (ya sea como demandante –activa– o demandado –pasiva–).
- En ese sentido, se puede considerar que la legitimación procesal es la posición habilitante para formular la pretensión, o para que se formule contra alguien, y que ha de radicar necesariamente en la afirmación de la titularidad del derecho subjetivo material y en la imputación de la obligación.
La Legitimidad para Obrar (Extraordinaria)
- En esa línea, se debe tener presente que hay supuestos excepcionales en los cuales quien demanda no afirma la titularidad del derecho subjetivo, pero sí se encuentra habilitado para demandar, legitimación que se conoce con el nombre de legitimación extraordinaria. Por lo que, resulta importante determinar cuándo estamos dentro de la legitimación ordinaria o la legitimación extraordinaria.
Definición de Legitimidad Ordinaria y Extraordinaria
- Sobre la legitimación ordinaria se ha indicado que es “(…) la que corresponde a quien afirma ser titular del derecho subjetivo y a quien se le imputa la titularidad de la obligación”.
- En contrapartida, la legitimación extraordinaria es “(…) la que corresponde a quien demanda sin afirmar la titularidad del derecho subjetivo o a quien es demandado sin que se le impute la titularidad de la obligación, siendo la ley la que concede tal legitimación”. Así, por ejemplo, el artículo 60 del CPC permite iniciar un proceso sin necesidad de acreditar derecho propio o interés directo en la materia discutida, cuando la ley lo permita.
Participación de Otros Actores en los Procesos (Legitimación Extraordinaria)
- No discriminación en el acceso al empleo o prohibiciones de trabajo forzoso e infantil: Afectados directos, Asociación sin fines de lucro dedicada a proteger derechos fundamentales, Defensoría del Pueblo o Ministerio Público.
- Libertad sindical, negociación colectiva, huelga, seguridad y salud en el trabajo u otros derechos de un grupo o categoría: Representantes de los trabajadores, Cualquier trabajador o prestador de servicios del ámbito.
Reglas de Conducta en Audiencias Laborales
En las audiencias, el juez cuida especialmente que se observen las siguientes reglas de conducta:
- Respecto al órgano jurisdiccional y hacia toda persona presente en la audiencia: Está prohibido agraviar, interrumpir mientras se hace uso de la palabra, usar teléfonos celulares u otros análogos sin autorización del juez, abandonar injustificadamente la sala de audiencia, así como cualquier expresión de aprobación o censura.
- Colaboración en la labor de impartición de justicia: Se sancionará alegar hechos falsos, ofrecer medios probatorios inexistentes, obstruir la actuación de las pruebas, generar dilaciones que provoquen injustificadamente la suspensión de la audiencia, o desobedecer las órdenes dispuestas por el juez.
Prevalencia de la Oralidad en el Proceso Laboral
- Las exposiciones orales de las partes y sus abogados prevalecen sobre las escritas, sobre la base de las cuales el juez dirige las actuaciones procesales y pronuncia sentencia.
- Las audiencias son sustancialmente un debate oral de posiciones presididas por el juez, quien puede interrogar a las partes, sus abogados y terceros participantes en cualquier momento.
- Las actuaciones realizadas en audiencia, salvo la etapa de conciliación, son registradas en audio y video utilizando cualquier medio apto que permita garantizar fidelidad, conservación y reproducción de su contenido. Las partes tienen derecho a la obtención de las respectivas copias en soporte electrónico, a su costo.
- La grabación se incorpora al expediente.
Grabación de Audiencias: Preguntas Frecuentes
¿Es esencial la grabación para el proceso laboral? ¿Qué ocurre si se pierde el video de la audiencia?
Adicionalmente, el juez deja constancia en acta únicamente de lo siguiente: la identificación de todas las personas que participan en la audiencia, los medios probatorios que se hubiesen admitido y actuado, la resolución que suspende la audiencia, los incidentes extraordinarios y el fallo de la sentencia o la decisión de diferir su expedición.
Si no se dispusiese de los medios de grabación electrónicos, el registro de las exposiciones orales se efectúa haciendo constar en el acta las ideas centrales expuestas.
Notificación de la Demanda en el Proceso Laboral
Una vez admitida la demanda y subsanados sus defectos, de ser el caso, se realiza el emplazamiento de juicio a la parte demandada. Este es un acto muy importante y de graves consecuencias para la continuación del juicio.
En un sentido material, el emplazamiento es una notificación, pero para muchos teóricos y con justa razón se considera la actuación más importante del procedimiento, pues es el acto de notificación por medio del cual se da a conocer al demandado la existencia de una demanda en su contra.
Artículo 155 del Código Procesal Civil: “Las resoluciones judiciales solo producen efectos en virtud de notificación hecha con arreglo a lo dispuesto en este código, salvo los casos expresamente exceptuados.”
Notificaciones en Emergencia Sanitaria
Antes de la emergencia sanitaria, las notificaciones de sentencias eran por “estrado”.
Actualmente, y durante la emergencia sanitaria, salvo el emplazamiento, toda resolución es notificada por casilla electrónica:
Resolución Administrativa número 000129-2020-CE-PJ: “Todas las resoluciones judiciales, sin excepción, cualquiera sea la especialidad o materia, serán notificadas en las respectivas casillas electrónicas, sin perjuicio de la forma que expresamente señala la ley”.
La notificación por casilla electrónica surte efectos desde el segundo día hábil de efectuada.
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Recurso de Queja N.° 75-2021/Cusco.
Validez de la Notificación a la Casilla Electrónica
Casación Laboral N.° 1058-2016-Lima.
Al respecto, cabe mencionar que, mediante Resolución número uno de fecha 29/01/2015, se declaró inadmisible la demanda interpuesta por el recurrente en razón de que no contenía una determinación clara y concreta del petitorio; no se indicaron los fundamentos jurídicos que respaldan la narración de los hechos; no se señaló la finalidad de cada medio de prueba; no se adjuntaron los documentos originales de los medios de prueba y no se adjuntó la constancia de habilitación del abogado patrocinante. Dicha resolución fue notificada al recurrente el 25/03/2015, según se aprecia del folio 57, a la casilla electrónica proporcionada por el demandante, conforme se aprecia del escrito de demanda que corre a fojas 37 a 52. No obstante ello, el actor no subsanó las observaciones, por lo que la jueza de instancia, mediante Resolución número dos de fecha 10/04/2015, conforme se aprecia de fojas 60-61, dispuso la conclusión del proceso y el archivo definitivo.
Importancia y Efectos de la Notificación
¿Cuál es la importancia de la notificación en el proceso laboral?
La importancia de las notificaciones radica en el buen desarrollo de un proceso, tal es el caso que ninguna providencia producirá efectos antes de haberse notificado; y una notificación efectuada en forma ilegal producirá nulidad procesal.
¿Desde cuándo surte efecto la notificación a casilla electrónica?
Desde el segundo día siguiente en que se ingresa su notificación a la casilla electrónica, con excepción de las que son expedidas y notificadas en audiencias y diligencias especiales y a las referidas en los artículos 155-E y 155-G.
Costas y Costos del Proceso Laboral
Artículo 410.- Costas
Las costas están constituidas por las tasas judiciales, los honorarios de los órganos de auxilio judicial y los demás gastos judiciales realizados en el proceso.
Artículo 411.- Costos
Son costos del proceso el honorario del Abogado de la parte vencedora, más un cinco por ciento destinado al Colegio de Abogados del Distrito Judicial respectivo para su Fondo Mutual y para cubrir los honorarios de los Abogados en los casos de Auxilio Judicial.
Exoneración del Pago de Costas y Costos (Artículo 14)
La condena en costas y costos se regula conforme a la norma procesal civil. El juez exonera al prestador de servicios de costas y costos si las pretensiones reclamadas no superan las setenta (70) Unidades de Referencia Procesal (URP), salvo que la parte hubiese obrado con temeridad o mala fe. También hay exoneración si, en cualquier tipo de pretensión, el juez determina que hubo motivos razonables para demandar.
Causales de Exoneración
- Pretensiones reclamadas que no superen las setenta (70) Unidades de Referencia Procesal (URP), salvo que la parte hubiera obrado con temeridad o mala fe.
- Cuando el juez determine que hubo motivos razonables para demandar.
Preguntas Frecuentes sobre Costas y Costos
Diferencia entre Costos Procesales y Honorarios Profesionales
- Gastos legales: Son los que hacen las partes con ocasión de un procedimiento judicial.
- Honorarios profesionales: Es el pago que reciben las personas que prestan un servicio de manera independiente a una empresa o individuo.
Promedio de Reconocimiento de Costos Procesales
¿Cuánto es el promedio que se reconocen en nuestras Cortes de justicia respecto de costos procesales?
3000.00 es el monto por costos procesales, toda vez que tomó en cuenta la falta de complejidad de la causa y la escasa duración del proceso.
Requisitos para el Reconocimiento de Costos Procesales al Demandante
¿Qué requisitos se solicitan usualmente para el reconocimiento de los costos procesales al demandante?
El demandante debe presentar una solicitud formal al tribunal para que se le reconozcan los costos procesales. Esto a menudo implica presentar una petición o un documento similar en el que se detallen los costos y se explique por qué se cree que deben ser reconocidos.
Mecanismos del Abogado para Reclamar el Pago de sus Honorarios Profesionales
¿Qué mecanismos tiene el abogado para reclamar el pago de sus honorarios profesionales?
- Es fundamental contar con un acuerdo de honorarios por escrito que establezca claramente los términos y condiciones de los servicios legales, incluyendo la tarifa, los plazos de pago y cualquier otro detalle relevante.
- Proporcionar facturas detalladas que especifiquen los servicios prestados, el tiempo invertido y los costos asociados. Esto puede ayudar a transparentar los costos y a demostrar la validez de los honorarios.