Plazos Legales Cruciales para Empresas: Mercantil, Propiedad Industrial y Competencia
I. Aspectos Societarios y Capital
- Restricción posterior de transmisibilidad de acciones nominativas (SA): Socios disidentes no sometidos al nuevo régimen durante 3 meses.
- Reclamación de desembolsos pendientes (SA): Debe mediar al menos 1 mes entre la notificación/publicación y el pago.
- Autocartera (SA) – Acciones adquiridas para reducción de capital o ejecución de crédito: Plazo de 3 años para amortizar o retener.
- Autocartera (SA) – Adquisiciones derivativas condicionadas: Plazo de 1 año para su enajenación.
- Autocartera (SL) – Adquisición: Plazo de 3 años para su venta o amortización.
II. Juntas Generales y Acuerdos Sociales
- Convocatoria de Junta General (SL): 15 días de antelación.
- Convocatoria de Junta General (SA): 1 mes de antelación.
- Junta en segunda convocatoria (SA, sin anuncio previo): Debe celebrarse dentro de los 15 días siguientes a la no celebración de la primera, con al menos 10 días de antelación.
- Junta General Ordinaria (JGO): Celebración dentro de los 6 primeros meses de cada ejercicio.
- Derecho de información (SA): Solicitud hasta el séptimo día anterior a la junta.
- Complemento de la convocatoria (Junta General): Solicitud en los 5 días siguientes a la publicación.
- Aprobación del acta de la Junta: Al final de la Junta o dentro de los 15 días siguientes.
III. Modificaciones Estructurales y Capital
- Aumento de capital (derecho de suscripción preferente): Plazo no inferior a 1 mes.
- Derecho de separación del socio (general): Plazo de 1 mes para ejercerlo desde la publicación o comunicación del acuerdo.
- Disolución de pleno derecho (reducción de capital): Transcurso de 1 año desde el acuerdo de reducción de capital por debajo del mínimo legal.
IV. Cuentas Anuales y Auditoría
- Formulación de cuentas anuales: Máximo 3 meses desde el cierre del ejercicio social.
- Auditoría de cuentas (plazo para el auditor): Mínimo de 1 mes desde la entrega de la documentación.
- Depósito de cuentas anuales (Registro Mercantil): Mes siguiente a su aprobación.
V. Registro Mercantil (RM)
- Calificación del documento por el Registrador: 15 días desde el asiento de presentación.
- Inscripción obligatoria de actos: 1 mes desde el otorgamiento del documento.
VI. Signos Distintivos y Propiedad Industrial
- Solicitud de patente (subsanación de defectos formales iniciales): 10 días siguientes a la entrada en la OEPM.
- Solicitud de patente (subsanación general de defectos): 2 meses.
- Oposición al registro de diseño industrial: Durante los 2 meses siguientes a la publicación.
- Petición del examen sustantivo (patente): Desde la presentación de la solicitud hasta 3 meses después de la publicación del IET.
- Caducidad por tolerancia (nulidad relativa de marca): Si se tolera su uso durante 5 años con conocimiento del titular.
- Acciones de diseño industrial: Prescripción a los 5 años.
VII. Concentraciones Económicas y Competencia
- Control de concentraciones económicas (UE – Fase 1): Silencio administrativo positivo si el Consejo no inicia la Fase 2 en 1 mes.
- Impugnación de acuerdos sociales (no contrarios al orden público): Caducidad en 1 año.
VIII. Constitución de Sociedades
- Sociedad en formación: Se considera en formación durante 1 año desde el otorgamiento de la escritura pública.
- Asunción de actos y contratos por sociedad en formación (tras inscripción): Aceptación expresa o dentro de los 3 meses siguientes a la inscripción.
- Fundación sucesiva (SA) – Convocatoria de Junta constituyente: 6 meses desde el depósito del programa de fundación.
- Fundación sucesiva (SA) – Otorgamiento de escritura: 1 mes.
- Fundación sucesiva (SA) – Inscripción de escritura en el Registro Mercantil: 12 meses.
- Fundación sucesiva (SA) – Plazo máximo para inscripción desde el depósito del programa: 1 año.
IX. Instituciones Clave en Propiedad Industrial
- Nacionales: Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM)
- Internacionales: Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI)
- Unión Europea: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)
X. Duración de Derechos de Propiedad Industrial
- Marcas: 10 años prorrogables indefinidamente. (Caducidad por falta de uso: 5 años; Prescripción de acciones: 5 años)
- Patentes: 20 años improrrogables. (Caducidad por falta de explotación: 2 años; Prescripción de acciones: 5 años)
- Modelos de Utilidad: 10 años improrrogables.
- Diseños Industriales: 5 años prorrogables hasta un máximo de 25 años. (No registrados: 3 años de protección desde su divulgación)
XI. Umbrales y Plazos en Derecho de la Competencia
- Acuerdos Verticales: Permitidos si no se supera el 30% de cuota de mercado (o 15% en algunos casos).
- Acuerdos Horizontales: Permitidos si no se supera el 10% de cuota de mercado.
- Responsabilidad Solidaria: Excepción para PYMES (si no superan el 5% de cuota de mercado o cumplen con clemencia).
- Acciones de Competencia Desleal: Prescriben al 1 año desde el conocimiento del acto o a los 3 años desde que finalizó la conducta.