Derecho mercantil y estatuto del empresario: evolución, operadores del mercado y responsabilidad
Derecho mercantil: concepto y alcance
El derecho mercantil es una rama del derecho privado que regula la actividad económica organizada y desarrollada profesionalmente en el mercado. Tradicionalmente se ha definido como el conjunto de normas jurídicas aplicables a los empresarios y a los actos realizados en el ejercicio de su actividad económica, así como a las relaciones jurídicas que se derivan de dicha actividad.
Ubicación sistemática
Desde un punto de vista sistemático, el derecho mercantil se integra dentro del derecho privado, junto al derecho civil. No obstante, la distinción entre derecho público y derecho privado no es absoluta, ya que en el ámbito mercantil existe una creciente intervención del Estado en la economía, fenómeno conocido como la «publificación del derecho», al mismo tiempo que técnicas propias del derecho privado influyen en el derecho público.
Evolución histórica del derecho mercantil
La evolución histórica del derecho mercantil permite comprender su configuración actual. En la Baja Edad Media surge como un derecho consuetudinario, creado por y para los mercaderes, vinculado a las ferias, mercados y gremios, y aplicado por jurisdicciones especiales como los consulados. En esta etapa, el derecho mercantil era un derecho de sujetos, es decir, aplicable exclusivamente a los comerciantes.
Durante la Edad Moderna, con el fortalecimiento de las monarquías absolutas y el mercantilismo, el derecho mercantil se generaliza y se convierte progresivamente en un derecho legislado, superando su carácter puramente consuetudinario. En la Edad Contemporánea, especialmente tras la Revolución francesa, se abandona el criterio subjetivo y se adopta un criterio objetivo, pasando a concebirse el derecho mercantil como el derecho de las actividades comerciales, concepción reflejada en el Código de Comercio español de 1885.
A lo largo del siglo XX, el derecho mercantil evoluciona desde un derecho de los actos de comercio en masa hacia un derecho de la empresa. Sin embargo, esta identificación resulta insuficiente, ya que no todo lo que ocurre en la empresa se regula por normas mercantiles ni todas las organizaciones empresariales están sometidas a este derecho. En la actualidad, el derecho mercantil se concibe como el derecho del mercado, orientado a regular el funcionamiento del sistema económico en su conjunto.
El mercado y sus operadores
El mercado es el ámbito en el que se desarrolla el tráfico económico, entendido como el conjunto de intercambios de bienes y servicios entre distintos sujetos. No constituye únicamente un espacio físico, sino una realidad económica y jurídica en la que interactúan diversos operadores. En este sentido, el mercado puede concebirse como una institución social que articula relaciones económicas privadas bajo un marco jurídico determinado.
Operadores del mercado
Los operadores del mercado son todas las personas físicas o jurídicas que participan en dicho tráfico económico, tanto desde el lado de la oferta como desde el de la demanda. Entre ellos se incluyen, entre otros:
- Empresarios y sociedades.
- Profesionales independientes.
- Consumidores y usuarios.
- Administraciones públicas en su papel de contratantes o reguladores.
- Entidades no empresariales que, por su actividad, influyen en el mercado.
No todos los operadores actúan con ánimo de lucro ni con una organización empresarial, pero todos contribuyen al funcionamiento del mercado.
El empresario y su estatuto jurídico
El empresario ocupa una posición central como principal oferente de bienes y servicios. El estatuto jurídico del empresario es el conjunto de normas que regulan su condición y el ejercicio de su actividad, así como las consecuencias jurídicas derivadas de la misma.
Elementos del estatuto jurídico del empresario
Este estatuto abarca aspectos esenciales, entre los que destacan:
- La adquisición y pérdida de la condición de empresario.
- La capacidad y las prohibiciones e incompatibilidades.
- La responsabilidad civil y mercantil derivada de la actividad.
- La publicidad registral y la inscripción en los registros mercantiles.
- La contabilidad y la llevanza de libros obligatorios.
- El régimen del establecimiento mercantil.
- La regulación de los colaboradores, agentes y dependientes.
Responsabilidad del empresario
Entre estos elementos, destaca la responsabilidad del empresario, que se fundamenta en el principio de responsabilidad patrimonial universal y en la idea de que el riesgo es inherente a la actividad empresarial. En particular, el empresario responde no solo por sus propios actos, sino también por los daños causados por sus trabajadores y dependientes en el ejercicio de sus funciones, conforme al artículo 1903 del Código Civil.
Esta responsabilidad refleja la concepción moderna del empresario como sujeto que organiza una actividad económica y asume los riesgos derivados de su actuación en el mercado.