Derecho de la Seguridad Social y Marco Legal del IMSS en México

Concepto y Fuentes de la Seguridad Social

Concepto: Es la protección que la sociedad proporciona a sus miembros, mediante una serie de medidas públicas, contra las privaciones económicas y sociales que, de no ser así, ocasionarían la desaparición o una fuerte reducción de los ingresos por causa de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte; y también la protección en forma de asistencia médica y de ayuda a las familias con hijos.

Fuentes de la Seguridad Social:

  1. Artículo 123, apartados A y B CPEUM: Fundamento jurídico.
  2. Ley del Seguro Social (IMSS): 1 de enero de 1944. Apartado A, fracción XXIX.
  3. Ley del ISSSTE: 30 de diciembre de 1959. Apartado B, fracción XI.
  4. Ley del INFONAVIT: 24 de abril de 1972. Apartado A, fracción XII.
  5. Ley del ISSFAM: 29 de junio de 1976. Apartado B, fracción XIII.
  6. Acuerdos Internacionales.
  7. Ley Federal del Trabajo.

Diferencia entre Seguros

PúblicosPrivados
Derecho socialRama mercantil
Beneficiario obligado (sin elección)Beneficiario a elección
Si no hay aportaciones, siguen existiendo derechosSi hay aportación en tiempo y forma, hay derecho
Financiamiento mediante cuotas cubiertas por Estado, trabajador y patrón.Cuotas cubiertas por la persona interesada.

Triple Faceta del IMSS

Organismo Público Descentralizado (O.P.D.)

  • Autarquía: Toma sus decisiones propias, no está sujeto jerárquicamente al gobierno.
  • Personalidad jurídica propia: Se deriva de una norma jurídica misma que crea al organismo público, dotándole de este atributo.
  • Patrimonio propio: Conjunto de bienes y derechos con que cuenta para el cumplimiento de su objetivo, independientemente de ingresos y partidas presupuestales.
  • Régimen jurídico propio: Constituido por la propia ley o decreto que los crea, o sus reglamentos, conjunto normativo formal y material que regula su existencia.

Organismo Fiscal Autónomo (O.F.A.)

  • Competencia tributaria: Para exigir pago de cuotas, fiscalizar y embargar.
  • Hecho generador de la obligación: Relación de trabajo.
  • Determinar los créditos fiscales: Cada rama varía en cuanto al salario en el cual está registrado y el porcentaje dependiendo de la rama, tomando en cuenta los riesgos de trabajo.
  • Notificar y cobrar el crédito fiscal: Surge la obligación cuando se notifica, para así poder cobrar.
  • Aplicar el procedimiento administrativo de ejecución:
    1. Mandamiento de ejecución
    2. Embargo
    3. Remate de bienes

Estructura Orgánica y Órganos Superiores del IMSS

Consejo Técnico: Representante legal de la institución. 12 miembros (4 por sector).

  • Sesiones ordinarias: Cada mes, el último miércoles.
  • Sesiones extraordinarias: En cualquier tiempo.
  • Funciones: Administrador y representante legal; otorgar prestaciones, aun sin cumplir los requisitos.

Artículo 264 LSS. Atribuciones:

  1. Decidir sobre las inversiones de las reservas y recursos.
  2. Vigilar y promover el equilibrio financiero de todos los ramos de aseguramiento.
  3. Resolver las operaciones del Instituto.
  4. Aprobar la estructura orgánica básica del Instituto, a efecto de proponerla al Ejecutivo Federal.
  5. Convocar a Asamblea General ordinaria o extraordinaria.
  6. Discutir y aprobar el proyecto de presupuesto de ingresos y egresos.
  7. Autorizar la celebración de convenios relativos al pago de cuotas.
  8. Conceder, rechazar y modificar las pensiones.
  9. Nombrar y remover a los trabajadores de confianza que ocupen el nivel jerárquico inmediato inferior al director general del Instituto.
  10. Aprobar las bases para la celebración de convenios de incorporación voluntaria.
  11. Discutir y aprobar el programa de actividades.
  12. Aprobar las bases de los trabajadores de confianza “A” en el contrato colectivo de trabajo.
  13. Conceder a los derechohabientes el disfrute de prestaciones médicas y económicas.
  14. Conocer y resolver de oficio o a petición asuntos de importancia.
  15. Establecer condiciones de aseguramiento y cotización de trabajadores que no se adecuen a los requisitos del régimen obligatorio de esta Ley.
  16. Expedir bases para extender, hasta los 25 años, los derechos a las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad a los hijos de trabajadores mexicanos que laboren en el extranjero.

Sujetos de Aseguramiento y Obligaciones

Régimen Obligatorio (Artículo 12 LSS)

  1. Personas que presten sus servicios personal, directo y subordinado a otra de naturaleza física o moral.
  2. Los socios de sociedades cooperativas.
  3. Las personas que determine el Ejecutivo Federal a través de Decreto.
  4. Las personas trabajadoras del hogar.

Patrones: Adquieren obligaciones (Artículo 15 LSS).

  • Registrar trabajadores.
  • Llevar libros de contabilidad.
  • Pagar aportaciones.

Trabajadores: Derechos (los 5 seguros, Artículo 27 LSS).

Salario Base de Cotización: Pagos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones y prestaciones.

  • Tipos de salario: Fijo, Variable (constructores), Mixto (fijo + comisiones).
  • Integración: Cuota fija + primas + prestaciones.

Riesgos de Trabajo

  1. ¿Qué son los riesgos de trabajo? Son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo.
  2. ¿Qué son los accidentes de trabajo? Toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo, cualquiera que sea el lugar y el tiempo en que dicho trabajo se preste. También se considerará accidente de trabajo el que se produzca al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al lugar de trabajo, o de este a aquel.
  3. ¿Qué son las enfermedades profesionales? Es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo, o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios. Serán enfermedades de trabajo las consignadas en la Ley Federal del Trabajo.
  4. ¿Cuáles son las prestaciones en especie que recibe un trabajador que sufre un riesgo de trabajo?
    • Asistencia médica
    • Servicio de hospitalización
    • Aparatos de prótesis
    • Rehabilitación
  5. ¿Qué producen los riesgos de trabajo? (Artículo 58 LSS). Prestaciones en dinero:
    • Incapacidad temporal: 100% del salario cotizado.
    • Incapacidad permanente total: pensión mensual definitiva del 60% del salario cotizado.
    • Incapacidad permanente parcial: superior al 50% = 60% del salario cotizado. Menor al 50% = pensión o indemnización.
    • Permanente total: 70% del salario cotizado.
  6. ¿Cuáles son los excluyentes de los riesgos de trabajo?
    • Embriaguez
    • Drogas o psicotrópicos
    • Intención de ocasionar el riesgo
    • Delito intencional
    • Riña o intento de suicidio

Enfermedades y Maternidad

  1. ¿Qué es salud? Es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades.
  2. Requisitos para el otorgamiento de una incapacidad por enfermedad general:
    • Tener cubiertas por lo menos 4 cotizaciones semanales inmediatamente anteriores a la enfermedad.
    • Los trabajadores eventuales percibirán el subsidio cuando tengan cubiertas seis cotizaciones semanales en los últimos cuatro meses anteriores a la enfermedad.
  3. Prestaciones en especie del seguro de enfermedades: Asistencia médico-quirúrgica, asistencia médico-farmacéutica y asistencia médico-hospitalaria.
  4. Prestaciones en dinero del seguro de maternidad: Subsidio del 100% del salario cotizado, el cual se recibirá durante 42 días anteriores al parto y 42 días posteriores al mismo.
  5. Requisitos para el otorgamiento del subsidio por maternidad:
    • Haber cubierto por lo menos 30 cotizaciones semanales en el periodo de 12 meses anteriores a la fecha en que debería comenzar el pago del subsidio.
    • Haber sido certificado por el Instituto el embarazo y la fecha probable del parto.
    • No ejecutar trabajo alguno mediante retribución durante los periodos anteriores y posteriores al parto.

Invalidez y Vida

  1. ¿Qué es la invalidez? Cuando el asegurado se halle imposibilitado para procurarse, mediante un trabajo igual, una remuneración superior al cincuenta por ciento de su remuneración habitual percibida durante el último año de trabajo, y que esa imposibilidad derive de una enfermedad o accidente no profesionales.
  2. Requisitos para el otorgamiento de la pensión por invalidez:
    • Menos del 75% de incapacidad: tener acreditado el pago de 250 semanas de cotización.
    • 75% o más de incapacidad: tener acreditadas 150 semanas de cotización.
  3. Tipos de pensión por invalidez: a) Pensión temporal, b) Pensión definitiva.

Recurso de Inconformidad

Concepto: Medio de defensa para patrones, asegurados y beneficiarios para combatir los actos o resoluciones definitivas del IMSS que provocan un perjuicio en su esfera jurídica.

Plazo: 15 días hábiles a partir del día siguiente al en que surte efectos la notificación.

Requisitos:

  • Datos personales.
  • Acto que se impugna, fecha de su notificación y autoridad emisora.
  • Hechos que originan la impugnación.
  • Agravios.
  • Nombre o razón social del patrón, sindicato o titular del contrato colectivo.
  • Pruebas:
    1. Documental
    2. Testimonial
    3. Inspección ocular
    4. Pericial
    5. Instrumental de actuaciones
    6. Presunción legal y humana

Principios Básicos de la Seguridad Social

  • Universalidad
  • Integralidad
  • Portabilidad
  • Solidaridad
  • Redistribución