Análisis Detallado de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Unión Europea (UE)

Organización Internacional del Trabajo (OIT)

Principios y Objetivos Fundamentales

La OIT es una organización de ámbito universal cuyo objetivo principal es mantener la paz a través del respeto de los derechos humanos y la lucha por la justicia social. Su estructura es sui generis, compuesta por representantes de los Estados, trabajadores y empresarios.

Evolución: La OIT surgió con finalidades humanitarias y para promover la paz internacional, que requiere justicia en las relaciones laborales y la mejora de las condiciones de vida y trabajo. La Declaración de Filadelfia, integrada como anexo en la Constitución de las Naciones Unidas, reafirma principios fundamentales como que el trabajo no es una mercancía y la libertad de expresión, establece objetivos generales de bienestar material y espiritual, y objetivos específicos como el pleno empleo y el trabajo satisfactorio.

Fines y Objetivos

Los fines generales de la OIT se agrupan en cinco categorías: humanitarios, justicia social, bienestar material y desarrollo espiritual, globalización justa y trabajo decente. Los fines específicos incluyen la creación de empleo, la protección social y el diálogo social, la libertad sindical y el derecho a la negociación colectiva.

Los objetivos principales de la OIT son promover los derechos laborales, fomentar oportunidades de trabajo decente, mejorar la protección social y fortalecer el diálogo al abordar temas relacionados con el trabajo. El principio de tripartitismo es fundamental, asegurando la participación de trabajadores, empresarios y el Estado en los órganos de la organización.

Estructura y Funcionamiento

Conferencia Internacional del Trabajo (CIT)

La CIT está compuesta por cuatro delegados de cada Estado (dos del gobierno, uno de los trabajadores y uno de los empresarios). Se reúne una vez al año y sus decisiones se toman por mayoría simple, aunque algunos casos requieren un mayor número de votos. Sus funciones incluyen:

  • Elaborar convenios y recomendaciones.
  • Controlar el cumplimiento de los convenios ratificados.
  • Hacer enmiendas a la Constitución.
  • Aprobar acuerdos de cooperación.
  • Elegir a los miembros del Consejo de Administración.

Consejo de Administración

El Consejo de Administración es el órgano ejecutivo de la OIT, formado por 56 miembros titulares (28 representantes de gobiernos, 14 de empresarios y 14 de trabajadores). Diez estados tienen silla fija. Se reúne al menos tres veces al año y toma decisiones por mayoría cualificada o unanimidad, aunque se busca el consenso. Sus funciones incluyen:

  • Fijar el orden del día.
  • Ejecutar decisiones.
  • Nombrar al Director General de la Oficina.
  • Examinar las declaraciones.
  • Establecer programas de política social.

Convenios y Recomendaciones

Convenios

Los convenios son tratados internacionales. Su proceso de celebración incluye una fase inicial de adopción, una fase intermedia de envío a los órganos competentes y una fase final de ratificación. No admiten reservas y están sujetos a reglas especiales de interpretación, control, revisión y denuncia. El mecanismo de control se aplica tanto a los Estados ratificados como a los no ratificados.

Recomendaciones

Las recomendaciones son instrumentos de soft law, una solución alternativa cuando no es posible adoptar un convenio. Pueden complementar convenios o ser instrumentos autónomos para establecer objetivos sociales. También están sujetas a procesos de control.

Resoluciones

Las resoluciones expresan la opinión o criterios de la OIT sobre temas específicos.

Efectos de la Ratificación de Convenios

La ratificación de un convenio de la OIT implica la aplicación de sus disposiciones y la aceptación de los mecanismos de control. Los efectos incluyen:

  • Ratione logis: Aplicación en todo el territorio del Estado.
  • Ratione temporis: Entrada en vigor un año después de la ratificación.
  • Ratione materiae: Resolución de conflictos por los principios de prevalencia de la norma posterior y especial.
  • Ratione personae: Aplicación a los Estados parte y posibles efectos sobre terceros.

La no publicación de un convenio no impide su aplicación. Ningún Estado puede alegar su derecho interno para incumplir el derecho internacional. El concepto de self-executing se integra en el convenio, pero en la OIT se requiere desarrollo legislativo estatal para que las disposiciones tengan efecto directo.

Revisión y Suspensión de Convenios

La revisión de convenios es importante para adaptarlos a la realidad y facilitar su ratificación. Es un derecho voluntarista, y no debe confundirse con la modificación. La suspensión de convenios se da en casos de imposibilidad de cumplimiento o emergencia, requiriendo autorización de la OIT.

Denuncia de Convenios

Aunque los tratados internacionales suelen tener cláusulas de denuncia, en la OIT la mayoría de los convenios permiten la denuncia cada diez años, con un período de un año para que los Estados se retiren. El proceso de denuncia requiere consultar a las organizaciones de trabajadores y empresarios, comunicarlo al Director General y motivarlo.

Mecanismos de Control de la OIT

Comisión de Expertos

La Comisión de Expertos supervisa el cumplimiento de los convenios ratificados, a través de la presentación de informes y memorias por parte de los Estados. La Comisión examina estos informes y elabora un informe anual que se discute en la Comisión de Aplicación de las Normas. También se encarga del estudio general de los convenios no ratificados y recomendaciones.

Reclamaciones

Cualquier organización de empleadores o trabajadores puede presentar una reclamación ante el Consejo de Administración. Si se considera oportuno, se nombra un comité tripartito para investigar y hacer recomendaciones. Si el Estado no acepta las recomendaciones, el Consejo puede publicar el informe, remitirlo a la Comisión de Expertos o nombrar una comisión de encuestas.

Quejas

El proceso de quejas se inicia con la designación de una comisión de encuesta que investiga y hace recomendaciones al Estado. Si el Estado no cumple, puede someterse al Tribunal Internacional de Justicia (TIJ). Si tampoco respeta la decisión del TIJ, se inicia una reacción institucional dentro de la OIT.

Instituciones de la Unión Europea (UE)

Consejo de la Unión Europea

El Consejo de la UE es un órgano ejecutivo y legislativo compuesto por 10 consejos de asuntos generales, exteriores y económicos. Las decisiones se toman por mayoría cualificada, con un mínimo de 55% de los Estados miembros que representen el 65% de la población de la UE. Sus funciones incluyen legislar, coordinar políticas, desarrollar la política exterior y aprobar el presupuesto de la UE.

Consejo Europeo

El Consejo Europeo está compuesto por los jefes de Estado y de Gobierno de los Estados miembros, el Presidente del Consejo Europeo y el Presidente de la Comisión. Se reúne cada seis meses y toma decisiones por consenso o mayoría cualificada. Sus funciones incluyen la orientación general de la UE y la gestión de la política exterior.

Parlamento Europeo

El Parlamento Europeo representa a los ciudadanos de la UE. Está compuesto por 705 diputados elegidos por sufragio universal directo. Los diputados se agrupan por ideologías políticas. Sus funciones incluyen compartir el poder legislativo con el Consejo, el control político, la autoridad presupuestaria y la acción exterior en materia de tratados internacionales.

Comisión Europea

La Comisión Europea representa los intereses de la UE. Sus decisiones están condicionadas por el Parlamento Europeo. Está compuesta por 28 miembros nombrados cada cinco años. Sus funciones incluyen la propuesta legislativa, la aplicación de políticas, la gestión del presupuesto, el cumplimiento de la legislación europea y la representación de la UE a nivel mundial.

Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)

El TJUE se divide en tres tribunales: el Tribunal de Justicia (TJUE), el Tribunal General (TGUE) y el Tribunal Especializado (TE). El TGUE actúa en primera instancia y el TJUE como instancia superior. Sus funciones incluyen la emisión de dictámenes consultivos, la resolución de cuestiones prejudiciales y la resolución de recursos contenciosos.

Banco Central Europeo (BCE) y Tribunal de Cuentas de la UE

El BCE es responsable de la moneda europea y de la política monetaria. El Tribunal de Cuentas de la UE es un órgano administrativo que vela por la buena gestión financiera de la UE.

Comité de las Regiones y Comité Económico y Social Europeo

El Comité de las Regiones está compuesto por representantes de las administraciones locales y regionales de Europa. El Comité Económico y Social Europeo está compuesto por representantes de empleadores, trabajadores y asociaciones civiles. Ambos tienen funciones consultivas.

Procedimiento Legislativo Ordinario

El procedimiento legislativo ordinario es el más importante de la UE. Se inicia con una propuesta de la Comisión Europea, seguida de un dictamen del Parlamento Europeo y del Consejo. Puede haber varias lecturas y enmiendas hasta que se llegue a un acuerdo entre las instituciones.

Fuentes del Derecho de la UE

Jerarquía Normativa

El derecho de la UE tiene una jerarquía: derecho primario (tratados constitutivos), principios generales del derecho, acuerdos de la UE con terceros y derecho derivado (actos de las instituciones de la UE).

Competencias de la UE

Las competencias de la UE se dividen en exclusivas, compartidas y de apoyo, coordinación o complemento. Se rigen por los principios de atribución, subsidiariedad, proporcionalidad y cooperación leal.

Derecho Primario

El derecho primario está formado por los tratados originarios, sus reformas, los tratados de adhesión y la Carta de Derechos Fundamentales de la UE. El TJUE actúa como tribunal constitucional y basa sus decisiones en el derecho primario.

Principios Generales del Derecho (PGD)

Los PGD son abstracciones del ordenamiento para suplir lagunas jurídicas. Pueden ser importados del derecho internacional, del derecho interno o ser propios del ordenamiento de la UE. Tienen funciones interpretativas, supletorias y de parámetro de validez de los actos comunitarios.

Derecho Derivado

El derecho derivado son los actos jurídicos adoptados por las instituciones de la UE. Los actos típicos son los reglamentos, las directivas y las decisiones. Los reglamentos son de aplicación general y directa, las directivas obligan a los Estados a alcanzar un resultado y las decisiones son obligatorias en todos sus elementos.

Jurisprudencia y Doctrina

La jurisprudencia del TJUE juega un papel importante en la constitución de la UE. La doctrina es un medio auxiliar para la determinación de normas de derecho.

Efecto Directo y Primacía del Derecho de la UE

Efecto Directo

El efecto directo permite a los particulares invocar el derecho de la UE ante los tribunales internos. Puede ser vertical (frente a la administración pública) u horizontal (entre particulares). Para que una norma tenga efecto directo debe ser clara, precisa e incondicional.

Primacía del Derecho de la UE

El derecho de la UE prevalece sobre el derecho interno, incluyendo las constituciones de los Estados miembros. La Carta de Derechos Fundamentales de la UE forma parte del derecho primario y el TJUE aplica los derechos fundamentales de los derechos humanos.

Mecanismos de Control y Protección de los Derechos en la UE

Recursos ante el TJUE

Los recursos ante el TJUE incluyen el recurso de incumplimiento contra un Estado, el recurso de anulación contra un acto de una institución de la UE, el recurso por omisión cuando una institución no actúa y los dictámenes consultivos.

Quejas y Peticiones

Los ciudadanos pueden presentar quejas ante la Comisión Europea, peticiones ante el Parlamento Europeo, dirigirse a las instituciones para obtener información, acceder a documentos de la UE y acudir al Defensor del Pueblo Europeo.

Cuestión Prejudicial

La cuestión prejudicial es un mecanismo de cooperación entre los jueces internos y el TJUE para garantizar la uniformidad en la interpretación y aplicación del derecho de la UE. Los jueces internos pueden consultar al TJUE sobre la interpretación o validez de una norma de la UE.