Conceptos Esenciales del Sistema Tributario Mexicano
Introducción a los Impuestos
Definición de Impuesto
El impuesto es un tributo que se paga al Estado para soportar los gastos públicos, siendo de carácter obligatorio para personas físicas y morales.
Contribuciones de Carácter Público
- Federales
- Estatales
- Municipales
Principios y Características de los Impuestos (Según Backner)
- De justicia (todo habitante debe contribuir)
- Equidad
- Certidumbre
- Destinada a cubrir el gasto público
- Comodidad
Fundamento Constitucional
Artículo 31, Fracción IV Constitucional: Todo mexicano debe contribuir con el gasto público.
Clasificación de Impuestos
Según el Sujeto
- Activo: Gobierno
- Pasivo: Contribuyente
Características Generales del Impuesto
- Legal: Establecido en la ley para su cobro.
- Obligatorio: Su pago es mandatorio.
- Proporcional y Equitativo: Debe destinarse a satisfacer el gasto público.
Mecanismos de Control Fiscal
Estos mecanismos buscan identificar a personas que omiten total o parcialmente el pago de contribuciones y obligan a los contribuyentes a declarar correctamente sus ingresos y declaraciones.
Según la Traslación
Impuestos Directos
No pueden ser trasladados; inciden directamente en el patrimonio del sujeto pasivo de la obligación y no pueden ser recuperados de otras personas.
Impuestos Indirectos
Pueden ser trasladados; no inciden en el patrimonio del sujeto pasivo, sino en el de otras personas quienes lo recuperan (ejemplos: IVA, ISR, IEPS).
Impuestos Alcabala
Gravan la libre circulación de mercancías de una entidad a otra, inclusive dentro de la misma.
Clasificación de Impuestos Alcabala
- Impuesto de Tránsito: Grava el simple paso de mercancías por el territorio de una entidad, viniendo de otra y destinada a un tercero.
- Impuesto de Circulación: Gravan la simple circulación de la mercancía en una comunidad.
- Impuesto de Extracción: Gravan un producto de una entidad con destino a otra o al extranjero.
- Impuesto de Introducción: Gravan la entrada de mercancías a una entidad proveniente del extranjero.
Impuestos Diferenciales
Gravan la salida de productos con cuotas distintas a las establecidas respecto a los productos locales similares a los que permanecen en el interior para su consumo.
Otras Clasificaciones de Impuestos
- Impuestos Reales: Atienden a bienes y cosas que se gravan (ejemplos: tenencia, control vehicular, impuesto predial).
- Impuestos Personales: Atienden a los contribuyentes o a quienes se prevé que pagarán los gravámenes (ejemplos: ISPT, ISR, IVA, IEPS).
- Impuestos Específicos: Se establecen en una unidad de medida o calidad del bien gravado (ejemplos: uso de suelo, predial).
- Impuestos Generales: Gravan diversas actividades u operaciones de común denominador por ser de la misma naturaleza.
- Impuestos Especiales: Gravan aisladamente a cierta operación (ejemplo: IEPS).
Fines de los Impuestos
- Fines Fiscales: Su objetivo principal es recaudar ingresos para satisfacer el presupuesto de egresos.
- Fines Extra-fiscales: Además de la recaudación, buscan cumplir objetivos de carácter social, económico o cultural (ejemplo: desincentivar el consumo de ciertos productos).
Efectos de los Impuestos
Efectos de los Impuestos Pagados: La Traslación del Gravamen
La traslación del impuesto es la posibilidad de transferir el gravamen. A veces es ordenada, permitida o prohibida por la ley.
- Percusión: Se realiza el presupuesto previsto por la ley fiscal para que nazca la obligación.
- Traslación: El sujeto pasivo del impuesto traslada el gravamen a un tercero que a la vez puede transmitirlo a otro.
- Incidencia: Momento en que el impuesto llega a quien ya no puede trasladarlo y se ve forzado a pagar el tributo.
Efectos de los Impuestos No Pagados
- Evasión Fiscal: El contribuyente se sustrae al pago de impuestos recurriendo a conductas ilícitas (ejemplos: contrabando, fraude).
- Elusión Fiscal: Sustraerse al pago del impuesto sin conductas ilícitas, realizando actos lícitos.
Teorías del Tributo
- Teoría de los Servicios Públicos: Su fin es costear los servicios públicos que presta el Estado.
- Teoría de la Sujeción: La obligación de las personas surge de su condición de súbditos. La obligación no está sustentada en que el contribuyente perciba ventajas. El fundamento jurídico para el tributo es la relación de sujeción. La clasificación de los tributos se basa en la atención de los servicios públicos que con ello se sufragan.
Domicilio Fiscal (Artículo 10)
Personas Físicas
- El local en que se encuentra el principal asiento de sus negocios (actividades empresariales).
- El local que utilicen como base fija para el desempeño de sus actividades (prestación de servicios).
- En donde tenga el principal asiento de sus actividades.
Personas Morales
- En donde se encuentre la administración principal del negocio (residentes en el país).
- Tratándose de establecimientos de personas morales residentes en el extranjero, el local donde se encuentre la administración que se haya registrado por parte de los contribuyentes.
Práctica de Diligencias Fiscales
Se podrán practicar estas diligencias en el domicilio fiscal que se haya registrado por parte de los contribuyentes.