Conceptos Fundamentales del Derecho del Trabajo: Principios, Contrato y Jornada Laboral

Derecho del Trabajo: Conceptos Fundamentales

La rama del derecho que se encarga de regular las relaciones que se establecen a raíz del trabajo humano se conoce como Derecho Laboral. Se trata del conjunto de reglas jurídicas que garantizan el cumplimiento de las obligaciones de las partes que intervienen en una relación de trabajo.

El Derecho Laboral entiende el trabajo como aquella actividad que un individuo desarrolla con el objetivo de transformar el mundo exterior, y mediante la cual obtiene los medios materiales o bienes económicos para su subsistencia.

Características del Derecho del Trabajo

  • Es una disciplina relativamente nueva.
  • Es un derecho autónomo.
  • Es un derecho de rápida evolución y carácter inestable.
  • Muchas de sus normas son de orden público.
  • Tiene un carácter finalista.
  • Tiene una tendencia a la universalización.

Sectores de Aplicación e Interrelación con otras Disciplinas Jurídicas

  • Derecho Administrativo
  • Derecho Civil
  • Derecho Comercial
  • Derecho Constitucional
  • Derecho Procesal
  • Derecho Penal
  • Derecho de la Seguridad Social

Fuentes del Derecho del Trabajo

1. Fuentes Normativas:

  • Constitución Política de la República
  • Tratados Internacionales
  • La Ley
  • Acuerdos Colectivos

2. Fuentes de Regulación:

  • Contrato Individual de Trabajo
  • Reglamento Interno de la Empresa

3. Otras Fuentes:

  • Doctrina Científica
  • Jurisprudencia (judicial y administrativa)

Principios del Derecho del Trabajo

Los principios fundamentales que rigen el Derecho del Trabajo son:

  1. Principio Protector
  2. Principio de Irrenunciabilidad
  3. Principio de Continuidad
  4. Principio de Supremacía de la Realidad

Principio Protector

  • Objetivo: Amparo preferente de una de las partes: el trabajador.
  • Fundamento: Equilibrar la desigualdad de las condiciones entre las partes de la relación laboral, lo cual es una función esencial del Derecho del Trabajo.
  • Diferencia: Se distingue de los principios de otras ramas del Derecho (ejemplo: Derecho Civil).
  • Es el principio general que inspira todo el Derecho del Trabajo y debe ser considerado en su interpretación.

Principio de Irrenunciabilidad

  • Concepto: Imposibilidad jurídica de privarse voluntariamente de una o más ventajas concedidas por el Derecho del Trabajo.
  • Fundamento: Normas laborales de carácter imperativo y de orden público.

Principio de Continuidad

  • Se refiere a que el contrato de trabajo tiene carácter de ‘tracto sucesivo’, es decir, se va cumpliendo por parcialidades y renovando cada mes.

Principio de Supremacía de la Realidad

  • Concepto: En caso de discordancia entre lo que ocurre en la práctica y lo que surge de los documentos, debe prevalecer la realidad.
  • Fundamento: La idea de «contrato-realidad».

El Contrato Individual de Trabajo

“Contrato individual de trabajo es una convención por la cual el empleador y el trabajador se obligan recíprocamente, este a prestar servicios bajo dependencia y subordinación del primero, y aquel a pagar por estos servicios una remuneración determinada.”

Duración del Contrato de Trabajo

  • Indefinido: Es la regla general (a menos que se estipule lo contrario, cumpliendo requisitos legales).
  • A plazo fijo: Regulado en el art. 159 n° 4 del Código del Trabajo (CT).
    • Requiere escrituración.
    • Duración máxima: No puede exceder de 1 año.
    • Posibilidad de transformación a contrato indefinido.
  • Por obra o faena determinada: Regulado en el art. 159 n° 5 del Código del Trabajo (CT).
    • Requiere escrituración.
    • Limitaciones y posibilidad de transformación según la jurisprudencia judicial.

Elementos Esenciales del Contrato de Trabajo

  1. Prestación de Servicios
  2. Remuneración
  3. Subordinación y Dependencia

Partes del Contrato de Trabajo

  • Trabajador: Persona natural que presta servicios personales, ya sean intelectuales o materiales, bajo dependencia o subordinación y en virtud de un contrato de trabajo.
  • Empleador: Persona natural o jurídica que utiliza los servicios intelectuales o materiales de una o más personas en virtud de un contrato de trabajo.
  • Empresa: Toda organización de medios personales, materiales e inmateriales, ordenados bajo una dirección, para el logro de fines económicos, sociales, culturales o benéficos, dotada de una individualidad legal determinada.

Regulaciones sobre el Trabajador

1. Reglas sobre Nacionalidad del Trabajador:
  • Según el Art. 19 del Código del Trabajo (CT), el 85% de los trabajadores deben tener nacionalidad chilena.
  • Situación de extranjeros: Requiere acreditación de residencia y cumplimiento de requisitos legales.
2. Reglas sobre la Edad del Trabajador:
  • Requiere autorización en caso de contratar menores de 18 años.

Jornada de Trabajo

“Jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador debe prestar efectivamente sus servicios en conformidad al contrato. Se considerará también jornada de trabajo el tiempo en que el trabajador se encuentra a disposición del empleador sin realizar labor, por causas que no le sean imputables.”

Tipos de Jornadas Laborales

  1. Jornada Ordinaria
  2. Jornada Extraordinaria
  3. Jornada Parcial
  4. Jornadas Especiales
Jornada Ordinaria
  • Aplicación: Es la regla general.
  • Duración: Entre 30 y 45 horas semanales; con un máximo de 10 horas diarias.
  • Distribución: No puede ser distribuida en más de 6 ni menos de 5 días.
Jornada Extraordinaria
  • Definición: Horas que exceden la jornada ordinaria.
  • Aplicación: Debe cumplir los siguientes requisitos:
    • El pacto es siempre voluntario para el trabajador.
    • Solo en faenas que por su naturaleza no perjudiquen la salud del trabajador.
    • Solo procede por necesidades o situaciones temporales de la empresa.
  • Duración: Máximo 2 horas diarias.
  • Extensión: Hasta 3 meses (renovables).
  • Remuneración: Sobresueldo con un 50% de recargo sobre el sueldo de la jornada ordinaria.
Jornada Parcial
  • Duración: Aquella que no exceda los 2/3 de la jornada máxima ordinaria (es decir, hasta 30 horas semanales).
Jornadas Especiales
  • Características: Son jornadas cuya duración o distribución difieren de las reglas generales.
  • Aplicación restrictiva: Solo cuando proceda según lo señalado expresamente en la ley.

Descansos Laborales

1. Descanso dentro de la Jornada Diaria:

  • Duración mínima: 30 minutos.

2. Descanso entre las Jornadas Diarias:

  • Objetivo: Garantizar la recuperación del trabajador.
  • No existe regulación específica, su aplicación se basa en la interpretación de la Dirección del Trabajo (DT).

3. Descanso Semanal:

  • Descanso dominical: Generalmente los días domingo.
  • Excepciones (Art. 38 CT): Se debe establecer un descanso compensatorio por cada día domingo y festivo trabajado.

4. Feriado Anual:

  • Objetivo: Permitir al trabajador un período prolongado de reposo y recreación.
  • Característica: Se trata de un período de descanso con derecho a remuneración íntegra, pagada por el empleador.
  • Requisito: Haber cumplido 1 año de trabajo.
  • Extensión: 15 días hábiles (no se incluyen los días sábados).