El Enfoque Institucionalista en las Relaciones Laborales y el Mercado de Trabajo
La Corriente Institucionalista
La corriente institucionalista estudia la organización institucional de las relaciones económicas y el efecto de las instituciones sobre el comportamiento económico. Rechazan los métodos analíticos de la economía convencional y se construyen sobre trabajos empíricos y un enfoque multidisciplinar (sociología, economía e historia).
Sus teorías abarcan desde el institucionalismo americano de mediados del siglo XX hasta derivaciones del análisis marxista. Para esta corriente, los individuos NO son homo economicus racionales, SINO que sus decisiones están influenciadas por valores sociales, instituciones y conductas colectivas. Se considera necesaria la propiedad privada o la Ley.
Una institución, en sentido amplio, es un entramado de normas sociales que regulan el comportamiento humano, apoyadas en algún sistema de sanciones que garantizan su cumplimiento por los individuos. Como concepto, implica la existencia de un conjunto de reglas compartidas que los agentes sociales perciben como vinculantes. También son instituciones las tradiciones y costumbres efectivas y respetadas, incluso con leyes de sanción informal, como el rechazo social por incumplimiento.
Corriente Institucionalista Laboral
La fuerza de trabajo no es una mercancía como cualquier otra. Las relaciones laborales no se estudian meramente bajo la ley de la oferta y la demanda, aunque no se niega que esta tenga relevancia. El contrato de trabajo, por ejemplo, es un acuerdo individual y voluntario con interés particular, pero está sometido a reglas formales que surgen del Estado y de los agentes sociales, y se enmarca en un contexto institucional. En este ámbito, existen relaciones de poder, con principios de autoridad y jerarquía presentes.
El mercado de trabajo se encuentra regulado por un conjunto de instituciones nacidas de conductas individuales autónomas, de comportamientos colectivos organizados (sindicatos y patronales) y de la intervención del sector público.
Las organizaciones son formas de regulación institucional que permiten a los agentes (empresarios y trabajadores) adquirir, mediante la acción colectiva y estructurada, poder para influir sobre las condiciones de intercambio y uso de la fuerza de trabajo.
La negociación colectiva es el prototipo de institución formal que enfrenta y coordina a estos agentes con intereses contrapuestos (patronales y sindicatos).
La intervención del Estado en el ámbito de las relaciones laborales se centra en la regulación del conflicto entre capital y trabajo, del uso de la mano de obra y de la reproducción de la fuerza de trabajo.
Las formas de intervención pública que influyen en el funcionamiento del mercado de trabajo y las relaciones laborales incluyen: la legislación sobre salarios mínimos, la regulación de la jornada laboral y de los tipos de contratos, y el reconocimiento institucional de la eficacia de los convenios colectivos. Además, el sector público ejecuta políticas de empleo, orientadas a garantizar ciertos niveles de contratación, y políticas de bienestar social, que influyen en el coste de reproducción de la fuerza de trabajo y, en consecuencia, afectan a los niveles salariales.
Visión Institucionalista del Salario
Desde la perspectiva institucionalista, el análisis neoclásico solo es acertado para realidades laborales con escasa estructura institucional, es decir, mercados de trabajo abiertos y competitivos que cumplen las siguientes condiciones:
- No existen sindicatos ni normas de antigüedad o de otro tipo.
- La relación entre empresario y trabajador es transitoria e impersonal.
- El trabajo es no cualificado.
- El trabajador cobra por unidad de producto.
- El uso de maquinaria es escaso.
Dadas estas condiciones, las empresas estarán siempre dispuestas a contratar a los trabajadores que acepten salarios más bajos, y los trabajadores estarán siempre dispuestos a trabajar para las empresas que paguen salarios más altos.
Pero si el mercado de trabajo está estructurado institucionalmente y existen normas sociales surgidas de las conductas colectivas (sindicatos, patronales y gobierno), la teoría neoclásica resulta insuficiente. Para la corriente institucionalista, la fijación del nivel salarial no se rige únicamente por la ley de oferta y demanda, sino por las políticas salariales, las normas internas de organización del trabajo en las empresas, la negociación colectiva y la legislación sobre salarios.
Para explicar la fijación de los salarios es necesario conocer el marco institucional en el que se desarrollan las relaciones de trabajo. Los salarios guardan proporción con la importancia relativa de los puestos. Así, las diferencias salariales también son fruto de las políticas salariales que las empresas aplican y de la idea social acerca de lo que constituye un salario justo.
Desarrollos de las Teorías Institucionalistas
Mercado Profesional de Trabajo
Los trabajadores con cualificación requerida (elevada y socialmente definida, por ejemplo, abogados o médicos, organizados para monopolizar) disponen de un derecho de propiedad colectivo sobre la profesión y la cualificación, que adquieren a través de una organización profesional. La adhesión a la organización es un requisito indispensable y solo puede producirse si previamente el trabajador ha accedido a determinadas instituciones o procesos de formación. La organización profesional (varios profesionales unidos) controla esto, establece normas de calidad relativas a las habilidades y se organiza para presionar a los poderes públicos. Para los empresarios, la libertad de contratación está limitada por el hecho de que solo pueden contratar trabajadores pertenecientes a la organización profesional. Estos no son mercados competitivos regulados por la ley de la oferta y la demanda; la competencia entre ellos es limitada.
Mercados Internos de Trabajo
En los mercados internos de trabajo, los empresarios cubren regularmente los puestos vacantes mediante la promoción de su propio personal. Los trabajadores nuevos suelen entrar por la parte baja de la escala jerárquica, ocupando puestos de menor cualificación. Sin embargo, los ascensos de plantilla están regulados por normas de antigüedad y de capacidad.
Existen reglas y procedimientos administrativos, distintos a los del mercado de trabajo externo, que determinan la remuneración, la asignación de tareas, la promoción interna y las condiciones de trabajo. Estos mercados son habituales en grandes empresas. La norma de antigüedad, el convenio colectivo de empresa y los reglamentos internos que encuadran a los trabajadores dentro de la escala jerárquica son clave para el buen funcionamiento del mercado interno de trabajo. Cada puesto de trabajo (o grupo de puestos de trabajo) tiene asignado un nivel salarial, independiente de la persona que lo ocupa, y existen cadenas de jerarquía y promoción interna.
Segmentación del Mercado
Una de las principales aportaciones del análisis institucionalista es la idea de que el mercado de trabajo está dividido en submercados o segmentos, afectados por diferentes relaciones institucionales y con distintos mecanismos de funcionamiento.
- El segmento primario se caracteriza por empleos profesionales, puestos estables y condiciones positivas, elevados salarios y posibilidades efectivas de promoción. En este segmento, los rasgos productivos tienden a deducirse de un conjunto de principios generales y del desarrollo de la facilidad para aplicarlos, es decir, de la capacidad de tomar decisiones, por lo que suelen ser características destacadas un alto nivel de educación y el uso de tecnologías relativamente avanzadas.
- El segmento secundario presenta puestos inestables, alta rotación laboral, salarios bajos y estancados, y promociones escasas o nulas. Sus rasgos específicos incluyen conocimientos concretos y el uso de tecnologías primitivas.
La pertenencia de los individuos a uno u otro mercado se explica por las “cadenas de movilidad”, condicionadas a su vez por los entornos familiares, educativos, de vecindad, etc.