Glosario Esencial de Términos de Derecho Penal y Proceso Judicial

Conceptos Fundamentales del Derecho Penal

Principios y Elementos del Delito

  • Culpabilidad: Se le estima como el conjunto de presupuestos que fundamentan la reprobabilidad de la conducta jurídica.
  • Imputabilidad: Es la capacidad de conocer y valorar el deber de respetar la norma y determinarse de acuerdo con dicho conocimiento.
  • Punibilidad: Es la amenaza de pena dictada para garantizar la permanencia del orden social.
  • Punición: Es la fijación de la privación o restricción de la libertad que decretó el juez.
  • Pena: Es el castigo legalmente impuesto por el Estado al delincuente para conservar el orden jurídico.

Circunstancias Agravantes

  • Alevosía: Es cuando se sorprende intencionalmente a alguien de improviso o empleando acechanza.
  • Ventaja: Hay ventaja cuando el delincuente no corre el riesgo de ser muerto ni lesionado por el ofendido.
  • Traición: Hay traición cuando se viola la fe o la seguridad que expresamente se había prometido a la víctima o a la tácita que esta debía esperar en razón del parentesco, gratitud, amistad o cualquier otro que inspire confianza; es decir, una violación a una seguridad prometida.

Delitos Específicos

  • Aborto: Es la muerte producto de la concepción en cualquier momento de la preñez. Solo se sancionará el aborto consumado; pero cuando la tentativa produzca lesiones, estas se perseguirán en todo caso.
  • Homicidio: Comete el delito de homicidio quien prive de la vida a otro.
  • Parricidio: Al que prive de la vida a cualquier ascendiente consanguíneo en línea recta.
  • Infanticidio: La muerte causada a un niño o niña por su madre, dentro de las 72 horas de su nacimiento.
  • Feminicidio: Quien prive de la vida a una mujer por razones de género.
  • Delito: Es el acto u omisión que sancionan las leyes penales. Sus tipos son: intencionales, no intencionales, culposos y preterintencionales.
  • Tentativa: Es cuando no se consuma el delito, a pesar de haber iniciado su ejecución.
  • Lesión: Consiste en todo daño en el cuerpo de alguien o en cualquier alteración de la salud, producida por una causa externa imputable a una persona.

Elementos Constitutivos del Delito

  • Conducta o Hecho: Es la forma de expresión del acto o la omisión, a las cuales se suman en ocasiones el resultado desde un punto de vista material.
  • Tipicidad: Es una conducta humana o un hecho producido por el hombre que solo puede ser considerado delito y, por ello, objeto de una pena.
  • Antijuridicidad: Constituye un atributo del comportamiento humano que, junto con otros, permite reestructurar la noción jurídica del delito.

Actores y Roles en el Proceso Penal

Sujetos del Delito

  • Sujeto Activo: Es quien participó en la comisión del delito; es decir, es la persona física como autor.
  • Sujeto Pasivo: Es la persona que sufre directamente la acción; es sobre quien recaen todos los actos materiales.

Roles Procesales

  • Sentenciado: Contra quien se ha pronunciado sentencia.
  • Defensor: Es el abogado que representa al imputado durante el procedimiento para responder a la acusación.
  • Policía: Es aquella que adquiere relevancia en el procedimiento al pasar de ser sujeto de trascendencia por ser la primera en la escena de los hechos que constituyen el delito.
  • Órgano Jurisdiccional: Es la autoridad encargada de resolver y vigilar la regularidad del procedimiento en el ejercicio correcto de las facultades procesales y la buena fe de los intervinientes. La competencia del Poder Judicial en el procedimiento penal se clasifica en:
    • Juez de Control
    • Juez de Enjuiciamiento
    • Juez de Impugnación
    • Juez de Ejecución
  • Ministerio Público: Es el órgano del Estado dotado de autonomía que tiene a su cargo la investigación y persecución de los delitos.
  • Víctima: Es la persona afectada por el delito; es decir, el sujeto pasivo, que resiente directamente sobre su persona.
  • Ofendido: Es la persona física o moral titular del bien jurídico lesionado o puesto en peligro por la acción u omisión previstas en la ley penal como delito.
  • Asesor Jurídico: Representa jurídicamente a la víctima u ofendido durante la secuela del procedimiento penal, para tutelar sus derechos mediante intervenciones y acciones en las diferentes audiencias.
  • Imputado: Es la persona a quien se dirige la pretensión punitiva del Estado, atribuyéndole la probable comisión o participación de un hecho que la ley señale como delito.
  • Acusado: Aquel contra quien se ha formulado la acusación.
  • Procesado: Aquel que se le ha vinculado a proceso.