Glosario Esencial de Términos de Derecho Penal y Proceso Judicial
Conceptos Fundamentales del Derecho Penal
Principios y Elementos del Delito
- Culpabilidad: Se le estima como el conjunto de presupuestos que fundamentan la reprobabilidad de la conducta jurídica.
- Imputabilidad: Es la capacidad de conocer y valorar el deber de respetar la norma y determinarse de acuerdo con dicho conocimiento.
- Punibilidad: Es la amenaza de pena dictada para garantizar la permanencia del orden social.
- Punición: Es la fijación de la privación o restricción de la libertad que decretó el juez.
- Pena: Es el castigo legalmente impuesto por el Estado al delincuente para conservar el orden jurídico.
Circunstancias Agravantes
- Alevosía: Es cuando se sorprende intencionalmente a alguien de improviso o empleando acechanza.
- Ventaja: Hay ventaja cuando el delincuente no corre el riesgo de ser muerto ni lesionado por el ofendido.
- Traición: Hay traición cuando se viola la fe o la seguridad que expresamente se había prometido a la víctima o a la tácita que esta debía esperar en razón del parentesco, gratitud, amistad o cualquier otro que inspire confianza; es decir, una violación a una seguridad prometida.
Delitos Específicos
- Aborto: Es la muerte producto de la concepción en cualquier momento de la preñez. Solo se sancionará el aborto consumado; pero cuando la tentativa produzca lesiones, estas se perseguirán en todo caso.
- Homicidio: Comete el delito de homicidio quien prive de la vida a otro.
- Parricidio: Al que prive de la vida a cualquier ascendiente consanguíneo en línea recta.
- Infanticidio: La muerte causada a un niño o niña por su madre, dentro de las 72 horas de su nacimiento.
- Feminicidio: Quien prive de la vida a una mujer por razones de género.
- Delito: Es el acto u omisión que sancionan las leyes penales. Sus tipos son: intencionales, no intencionales, culposos y preterintencionales.
- Tentativa: Es cuando no se consuma el delito, a pesar de haber iniciado su ejecución.
- Lesión: Consiste en todo daño en el cuerpo de alguien o en cualquier alteración de la salud, producida por una causa externa imputable a una persona.
Elementos Constitutivos del Delito
- Conducta o Hecho: Es la forma de expresión del acto o la omisión, a las cuales se suman en ocasiones el resultado desde un punto de vista material.
- Tipicidad: Es una conducta humana o un hecho producido por el hombre que solo puede ser considerado delito y, por ello, objeto de una pena.
- Antijuridicidad: Constituye un atributo del comportamiento humano que, junto con otros, permite reestructurar la noción jurídica del delito.
Actores y Roles en el Proceso Penal
Sujetos del Delito
- Sujeto Activo: Es quien participó en la comisión del delito; es decir, es la persona física como autor.
- Sujeto Pasivo: Es la persona que sufre directamente la acción; es sobre quien recaen todos los actos materiales.
Roles Procesales
- Sentenciado: Contra quien se ha pronunciado sentencia.
- Defensor: Es el abogado que representa al imputado durante el procedimiento para responder a la acusación.
- Policía: Es aquella que adquiere relevancia en el procedimiento al pasar de ser sujeto de trascendencia por ser la primera en la escena de los hechos que constituyen el delito.
- Órgano Jurisdiccional: Es la autoridad encargada de resolver y vigilar la regularidad del procedimiento en el ejercicio correcto de las facultades procesales y la buena fe de los intervinientes. La competencia del Poder Judicial en el procedimiento penal se clasifica en:
- Juez de Control
- Juez de Enjuiciamiento
- Juez de Impugnación
- Juez de Ejecución
- Ministerio Público: Es el órgano del Estado dotado de autonomía que tiene a su cargo la investigación y persecución de los delitos.
- Víctima: Es la persona afectada por el delito; es decir, el sujeto pasivo, que resiente directamente sobre su persona.
- Ofendido: Es la persona física o moral titular del bien jurídico lesionado o puesto en peligro por la acción u omisión previstas en la ley penal como delito.
- Asesor Jurídico: Representa jurídicamente a la víctima u ofendido durante la secuela del procedimiento penal, para tutelar sus derechos mediante intervenciones y acciones en las diferentes audiencias.
- Imputado: Es la persona a quien se dirige la pretensión punitiva del Estado, atribuyéndole la probable comisión o participación de un hecho que la ley señale como delito.
- Acusado: Aquel contra quien se ha formulado la acusación.
- Procesado: Aquel que se le ha vinculado a proceso.