Intervención del Trabajo Social en el Ámbito Criminológico y de Justicia

1. Delincuencia Juvenil: Un Fenómeno Complejo y Multifactorial

La delincuencia juvenil es un fenómeno complejo y multifactorial. Desde una perspectiva criminológica, la curva de la edad muestra que la conducta delictiva aumenta durante la adolescencia (90-96%), alcanzando su pico más alto en la juventud, pero en la mayoría de los casos desciende. Esto indica que la delincuencia juvenil es transitoria y limitada en el tiempo, no suele llegar hasta la edad adulta.

La delincuencia juvenil tiene limitaciones como la moralidad, las expectativas de futuro, el control familiar y de las amistades. Pero también existen motivaciones que impulsan a realizar la acción, tales como:

  • El deseo de conseguir objetivos inmediatos.
  • El aprendizaje desde la infancia.
  • Problemas familiares, sociales y escolares que aumentan la probabilidad de generar conductas antisociales.

En este sentido, las Experiencias Adversas en la Infancia (EAI) o eventos traumáticos, como la violencia sexual y física, la negligencia física, el maltrato psicológico, la separación de los progenitores, el abuso de sustancias, el comportamiento criminal de los padres o presenciar maltrato hacia la madre, pueden constituir importantes factores de riesgo (FR).

Estos factores no provocan de forma directa la delincuencia juvenil, sino que incrementan la vulnerabilidad del menor, generando conductas antisociales cuando no hay apoyo. Junto a estos factores de riesgo, es fundamental considerar los factores de protección (FP), como:

  • Presencia de figuras adultas de referencia.
  • Apoyo familiar y estabilidad emocional.
  • Intervención temprana para reducir el impacto de las experiencias adversas.

Sistemas de Intervención y el Papel del Trabajo Social

En relación con los sistemas de intervención, el Sistema de Protección de Menores actúa cuando el menor se encuentra en situación de riesgo o desamparo, buscando garantizar su bienestar. Por otro lado, la Justicia Juvenil (JJ) interviene cuando el menor comete un delito, con una finalidad reeducadora y de reinserción social.

Hay menores que transitan por ambos sistemas; aunque no hay una relación directa, existe una conexión vinculada con los factores de riesgo que afectan a su desarrollo. Desde el Trabajo Social (TS), es necesario intervenir en ambos sistemas basándose en la detección temprana, el fortalecimiento de los vínculos familiares desde la infancia, el refuerzo de los factores de protección y el acompañamiento, priorizando siempre el interés superior del menor.

2. Violencia contra la Mujer: Marco Legal y Competencias

La violencia contra la mujer es toda violencia que se comete por el hecho de serlo, tanto dentro como fuera de la relación de pareja, y adopta múltiples formas. La legislación estatal está regulada por la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

Esta ley presenta un concepto limitado, ya que engloba principalmente la violencia ejercida por la pareja o ex-pareja sobre la mujer. La ley reconoce varios derechos:

  • Derecho a ser informada y orientada.
  • Derechos laborales, económicos y sociales.
  • Garantía de protección integral.

Asimismo, crea los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, encargados de los procedimientos penales y civiles relacionados. Por tanto, no todos los casos de violencia son competencia de este juzgado específico.

El Modelo de Navarra

En Navarra, la violencia contra la mujer se entiende de forma más amplia, como todo acto realizado por el hecho de ser mujer que implique discriminación de género, daños físicos, psicológicos, sexuales o económicos, así como humillaciones y coacciones. Navarra no regula el ámbito penal (competencia del Estado), pero sí regula la atención integral a las víctimas, que incluye:

  • Violencia en la pareja.
  • Trata de mujeres y explotación sexual.

Se garantiza el acceso a recursos como información, orientación, atención social, psicológica y alojamiento temporal seguro sin necesidad de interponer denuncia. Por ello, una mujer puede ser atendida en el Equipo de Atención Integral a Víctimas (EAIV), aunque su caso no sea juzgado en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer si la agresión ocurrió fuera del ámbito de la pareja.

4. El Trabajo Social en el Ámbito Penitenciario

La figura del Trabajador Social tiene un papel crucial en el ámbito penitenciario, orientado a la reeducación y reinserción social de las personas privadas de libertad, superando la visión puramente punitiva. Su intervención se centra en el análisis del contexto social, familiar y comunitario de la persona interna.

El Trabajador Social forma parte de un Equipo Técnico (ET) junto a juristas, psicólogos y educadores sociales. Este equipo diseña un tratamiento individualizado adaptado a las necesidades del interno. Una de las funciones más relevantes se desarrolla en la Junta de Tratamiento, órgano colegiado encargado de decidir sobre:

  • Clasificación inicial de grado.
  • Progresión o regresión de grado.
  • Concesión de permisos de salida.

El profesional elabora un informe social (solicitado por el juez o de oficio) analizando la situación familiar, las redes de apoyo y el historial del interno. Esto es determinante para valorar las medidas y el destino del preso. Además, el Trabajador Social realiza un seguimiento en el cumplimiento de la condena y se coordina con servicios externos para preparar la salida, especialmente en la progresión al tercer grado, Centros de Inserción Social (CIS) o Libertad Condicional (LC).

5. Evaluación del Daño Social: Lesiones y Secuelas

El daño social se entiende como el impacto que un hecho delictivo o traumático produce en la vida social de la víctima, afectando a sus relaciones familiares, laborales, económicas y comunitarias. A diferencia del daño psicológico o físico, este se centra en las consecuencias que alteran el bienestar social.

Diferencia entre Lesión y Secuela Social

  • Lesión social: Alteración o pérdida de bienestar social de forma temporal, que puede ser reversible con una intervención adecuada.
  • Secuela social: Pérdida de apoyos, vínculos o recursos que se mantiene de forma permanente, afectando la integración social de la víctima de manera estable.

Para evaluar este daño, es necesario analizar la red social y el apoyo social (formal e informal). La pérdida o deterioro de estas redes es el núcleo del daño social. Asimismo, debe valorarse la vulnerabilidad social tras el delito. Esta valoración integral facilita la toma de decisiones judiciales y permite intervenciones orientadas a la reparación del daño.

6. Prevención de la Delincuencia desde el Sistema de Protección

La delincuencia juvenil y adulta es el resultado de una acumulación de factores de riesgo a lo largo de la vida. Una parte de esta delincuencia puede prevenirse mediante una intervención temprana desde el sistema de protección y la práctica del Trabajo Social.

Entre los factores de riesgo se encuentran el bajo autocontrol, la impulsividad, vínculos negativos con los progenitores, apego inseguro, conflictos escolares y la pertenencia a bandas. Los factores de protección (vínculos afectivos seguros, apoyo educativo) pueden neutralizar estos riesgos.

El Sistema de Protección de Menores actúa en una fase previa al delito, cuando el menor está en riesgo o desamparo. Desde el Trabajo Social, la prevención se realiza mediante:

  • Intervención y acompañamiento familiar.
  • Coordinación con los sistemas educativo y sanitario.
  • Mejora de las competencias parentales.

Actuar desde una práctica preventiva e integral puede reducir drásticamente la probabilidad de conductas delictivas futuras.

3. Protección Social y el Modelo de Estado de Bienestar

Un mayor gasto en protección social y un Estado de Bienestar sólido contribuyen a una menor tasa de delincuencia y de población reclusa. Aunque la relación no es automática, la inversión social reduce los factores de riesgo al garantizar derechos básicos como educación, sanidad, vivienda y empleo.

Sin embargo, en las últimas décadas ha surgido el populismo punitivo, caracterizado por un endurecimiento de las penas incluso cuando la delincuencia no aumenta. Esto explica por qué en España existe una elevada población reclusa a pesar de tener niveles de delincuencia moderados. El incremento de presos responde a menudo a decisiones de política criminal orientadas al castigo (Estado penal) en lugar de a la prevención.

En conclusión, un Estado de Bienestar fuerte permite desplazar el foco hacia la inclusión social y la intervención temprana, limitando el uso excesivo de la prisión y apostando por políticas sociales preventivas frente a modelos centrados exclusivamente en el castigo.