Línea del tiempo de la historia del derecho

BOLILLA 1:


Historia en general:


 Narración de los hechos humanos(primer forma de la historia)
Realizadas por hombres que investigan y exponen los acontecimientos ocurridos en el tiempo, importantes para la humanidad, necesarios de recordarlos. El Historiador debe valerse de un método recrear intelectualmente ese pasado. La labor de la historia: recreación intelectual del pasado humano trascendente. 

Avance: Galletti: aparece un carácter nuevo dentro de la narrativa, se comienza a estudiar los hechos y analizarlos.

Objeto:


 saber que hicieron o pensaron antes los hombres. Es el pasado humano en general. La historia se ocupa de objetos reales ocurridos en el tiempo y espacio que hoy no existen. Son hechos pasados e irreversibles, trascendentes y gravitados hacia el futuro. 

Forma parte del objeto de la historia la determinación de los motivos que produjeron tales sucesos y cuales fueron los propósitos que sus autores tuvieron al realizarlo.

Concepto Moderno


: Bauer: historia ciencia que trata de describir, de explicar y de comprender los fenómenos de la vida, en cuanto a los cambios que lleva consigo la situación de los hombres desde el punto de vista de sus efectos sobre las épocas sucesivas o la consideración de propiedades típicas y dirigiendo su atención principalmente sobre los cambios que no se producen en el espacio y tiempo. 

La historia como ciencia, pertenece al sector de las culturales o del espíritu y puede diferenciarse de las demás no solo por los objetos de los que trata, sino también por el método histórico que aplica, entendiendo este último como concepto de suceder singular en su peculiaridad e individualidad.

Método:


 Son los medios de que se vale el historiador para transformar el testimonio en fuente de información, para llegar al conocimiento histórico. PARTES DEL PROCESO METODOLÓGICO: 

Heurística: viene del griego y significa «hallar», primera tarea del método es el hallazgo de los testimonios que van a servir de fuentes, se trabajará con medios científicos realizados mediante el método inductivo la investigación.

Crítica: Se realiza de dos maneras, punto de vista externo e interno.

E: verificación acerca de la autenticidad del testimonio. I: para determinar en forma fehaciente que el hecho histórico contenido en el testimonio refleja la verdad histórica.

División:


1) Prehistoria.2)

Historia

A) Edad Antigua: aplicada a los pueblos de Oriente y también a Grecia y Roma, esta etapa se cierra con la caída del mundo romano por efectos de las invasiones de los bárbaros. B) Edad Media: el mundo europeo adquiere una personalidad propia. El Cristianismo va a constituir el rasgo primordial de una nueva cultura, construyendo un sistema político, religioso y social, con una moral propia. El Cristianismo se verá complementado con la invasión de los bárbaros, que traen consigo el problema de una sociedad primitiva, organizada todavía en clanes y tribus y dominan y ocupan las regiones que los romanos habían poblado y organizado. El nuevo ciclo de cultura que los europeos comenzaron a crear tenía sus fuentes en el CRISTIANISMO y en el DERECHO ROMANO. C) Edad Moderna: subsisten las formas feudales de organización social, pero los esfuerzos realizados para lograr el cambio se verán cristalizados con el Constitucionalismo, la declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano y la forma de Gobierno Republicano-Democrático.

Ciencias auxiliares


La ciencia histórica necesita del apoyo de las disciplinas o ciencias auxiliares. Algunas son verdaderas ciencias, otras sólo se adecúan como auxiliares. En sentido estricto se incluyen como ciencias auxiliares  a la diplomática, biografía, genealogía, numismática, iconografía, paleografía, etc., y en sentido más general, a la arqueología, etnología, antropología, folklore, paleontología, filosofía, arte, religión, geografía, astronomía, derecho, estadística, economía, etc.

Fuentes de la historia:


el conocimiento de los hechos históricos se adquiere mediante la investigación de las fuentes que reflejan lo que se hizo en el pasado.

Señala GALLETI que se han esablecido diferentes divisiones de las fuentes historiográficas, distinguiendo entre restos y tradiciones. •Restos: pueden ser de las obras producidas por el hombre, los modos de vida de las comunidades, los ordenamientos jurídicos, las obras literarias o filosóficas, los documentos en general. •Tradición: orales y escritas, se transmite la memoria de los hechos pasados.

BAUER hace un cuadro mas imporrtante de las fuentes históricas señalando:

•Etnológicas: antigüedades, monedas, sellos.•Transmitidas oralmente.•Las que no tienen origen personal como mitos, leyendas, rumores, anécdotas.

Historia del derecho comprende el estudio de los sistemas jurídicos del pasado y su posterior evolución, abarcando a la vez al derecho pública y al privado, pero formando parte de la hisotoria de la civilización. Ricardo Levene, es la disciplina fundamental que estudia uno de los aspectos del derecho, que es el origen y proceso formativo del fenómeno de las instituciones jurídicas. La historia del derecho como ciencia del espíritu, indaga las fuentes del derecho y todo lo concerniente al desarrollo y transformación de las instituciones jurídicas. Podemos sintetizar el concepto: Estudio de la convivencia organizada, las normas éticas, religiosas, morales y joridicas que han existido y rigieron la conducta humana.

División:


1) Externa o de las Fuentes: estudiaremos las grandes colecciones jurídicas castellanas, indianas, etc.2) Interna o de las Instituciones Jurídicas: veremos la familia, la propiedad de la tierra, etc. 3) Fuentes de producción del derecho: la legislación, el derecho consuetudinario, la jurisprudencia, la jurisprudencia de los tribunales.

HISTORIA DEL DERECHO ARGENTINO


Para estudiar la histtoria del derecho arg. Debe partirse del estuido de los sistemas jurídicos que precedieron a nuestra nación como estado independiente. Debe coinsiderarse parte de la historia al derecho(…)


División DEL DERECHO ARGENTINO


Para estudiarlo debe partirse del estudio de los sistemas jurídicos que precedieron a nuestra nacíón como estado independiente. Según Levene se divide en: 1)

Derecho

Castellano: era el que regía en gran parte de España, era el derecho propio de los conquistadores y con el iban a tratar de manejarse en el gobierno y en las relaciones con los habitantes del nuevo mundo. Aquí las instituciones provienen de otros sistemas como derecho romano, germánico, musulmán y canónico.2) Derecho Indígena: cada una de las etnias tenían su propia organización jurídica de mayor o menor complejidad según el grado de evolución cultural de cada una de ellas, destacándose los Mayas y Aztecas. El Derecho Indígena inspiró la sanción de leyes que se integraron a la legislación Indiana.3) Derecho Indiano: fue formado y acumulado durante la pacificación y población del nuevo mundo, pretendía continuar en América el espíritu y tendencia del Derecho Castellano. El Derecho Indiano es de naturaleza social, abarcando no solo los derechos penales, políticos, internacionales, eclesiásticos sino también el propio derecho privado.4) Derecho Patrio Argentino: es un derecho nuevo, elaborado durante el proceso histórico que se cumplíó en el Virreinato del Río de la Plata y creado por la revolución de Mayo que tuvo como finalidad la independencia y la libertad. Este comprende de dos etapas:  Derecho Pre-codificado: 1810 hasta 1853 y los códigos nacionales. Derecho Codificado: desde la const. De 1853, con los códigos nacionales de comercio en 1862, civil en 1871, penal en 1886 y de minería en 1887.El sistema jurídico argentino queda elaborado en la época de la Organización Nacional (desde 1853 en adelante).

HISTORIA CONSTITUCIONAL Argentina: OBJETO PARTICULAR


 La palabra h y c se aparecen como formando una simbiosis, que daría por resultado un campo de trabajo y de estudio referidos solo a la historia de la constitución. Los términos h y constitución están bastante delimitados. La c tomada en sentido estricto sera el resultado de un proc. Histórico y en este proc. Se van dando los pasos para el logro del estado de derecho a través de la constitución.