Contratación de Extranjeros en España: Requisitos Legales y Consecuencias Laborales

Caso Práctico de Derecho Laboral: Contratación de Extranjeros

Planteamiento del Caso

La empresa Triple Z S.L. necesita contratar un técnico de laboratorio y un ayudante de laboratorio. Tras el proceso de selección, ha seleccionado para cubrir esos puestos a:

  • Para el puesto de Técnico de Laboratorio: Pierre Dupont, de nacionalidad francesa y residente en España.
  • Para el puesto de Ayudante de Laboratorio: Robert Watussi, de nacionalidad sudafricana y no residente en España.

La empresa desea saber:

Cuestiones a Resolver

  1. ¿Necesita algún requisito especial para poder contratar a Pierre Dupont por ser extranjero? Justifique la respuesta.
  2. ¿Qué requisitos necesita, en cuanto a la capacidad para contratar por su condición de extranjero, para poder contratar a Robert Watussi? Justifique la respuesta.
  3. ¿Qué consecuencias tendría contratar a Robert Watussi sin cumplir los requisitos indicados en la respuesta anterior? Justifique la respuesta.
  4. Investigue qué tipo de permiso de trabajo podría necesitar Robert Watussi e indique los requisitos para obtenerlo. Se trata de una pregunta de investigación; a estos efectos, consulte la L.O. 4/2000 y el R.D. 557/2011, de 20 de abril, entre otras normas concordantes que el alumno pueda consultar.

Respuestas Detalladas

Respuesta a la Pregunta 1: Contratación de Pierre Dupont

Para el caso de Pierre Dupont, al tratarse de un extranjero comunitario y asimilado, la empresa no necesita ningún requisito especial. El artículo 7.c del Estatuto de los Trabajadores (ET) establece que los ciudadanos de la Unión Europea y asimilados gozan del derecho de libre circulación en España y de la igualdad de acceso al empleo.

Respuesta a la Pregunta 2: Requisitos para Robert Watussi

En el caso de Robert Watussi, se trata de un extranjero no comunitario ni asimilado. A este respecto, la legislación, específicamente el artículo 7.c del Estatuto de los Trabajadores (ET), dispone que los extranjeros mayores de 16 años, para ejercer cualquier actividad lucrativa, laboral o profesional, precisarán de la correspondiente autorización administrativa previa para residir y trabajar.

Respuesta a la Pregunta 3: Consecuencias de la Contratación Irregular

Las consecuencias derivadas de contratar a Robert Watussi sin cumplir los requisitos serán la nulidad de pleno derecho del contrato de trabajo. Además, el trabajador podría exigir, si ya hubiere prestado un servicio, la remuneración correspondiente a un contrato válido. No obstante, esta situación también podría acarrear una demanda para la empresa por haber incumplido lo establecido en la legislación vigente.

Respuesta a la Pregunta 4: Permiso de Trabajo para Robert Watussi

El artículo 36 de la Ley Orgánica 4/2000 (LO 4/2000) establece los siguientes requisitos y el tipo de permiso de trabajo que podría necesitar Robert Watussi:

  • Los extranjeros mayores de dieciséis años precisarán, para ejercer cualquier actividad lucrativa, laboral o profesional, de la correspondiente autorización administrativa previa para residir y trabajar. La autorización de trabajo se concederá conjuntamente con la residencia, salvo en los supuestos de penados extranjeros que se hallen cumpliendo condenas.
  • La eficacia de la autorización de residencia y trabajo inicial se condicionará al alta del trabajador en la Seguridad Social. La Entidad Gestora comprobará en cada caso la previa habilitación de los extranjeros para residir y realizar la actividad.
  • Cuando el trabajador se propusiera trabajar por cuenta ajena o propia, ejerciendo una profesión para la que se exija una titulación especial, la concesión de la autorización se condicionará a la tenencia y, en su caso, homologación del título correspondiente y, si las leyes así lo exigiesen, a la colegiación.
  • Para la contratación de un extranjero, el empleador deberá solicitar la autorización a que se refiere el apartado 1 del presente artículo, que en todo caso deberá acompañarse del contrato de trabajo que garantice una actividad continuada durante el período de vigencia de la autorización.
  • La carencia de la autorización de residencia y trabajo, sin perjuicio de las responsabilidades del empresario a que dé lugar (incluidas las de Seguridad Social), no invalidará el contrato de trabajo respecto a los derechos del trabajador extranjero, ni será obstáculo para la obtención de las prestaciones derivadas de supuestos contemplados por los convenios internacionales de protección a los trabajadores u otras que pudieran corresponderle, siempre que sean compatibles con su situación. En todo caso, el trabajador que carezca de autorización de residencia y trabajo no podrá obtener prestaciones por desempleo.

IVAN GUTIERREZ GUTIERREZ