Ley de procedimientos administrativos
Tema 2.Las funciones y la estructura del Drc.Drc y poder.1)Distingue entre análisis funcional y estructural del Derecho:
Análisis funcional:Estudia los fines y efectos del Drc en la sociedad.Mira qué funciones cumple (manifiestas/latentes; directas/indirectas):-Dirección de la conducta (prevenir, reprimir/castigar, promover, premiar).-Resolución de conflictos.-Configuración de las condiciones de vida (políticas públicas, redistribución).-Organización del poder (quién manda y cómo)
.-Legitimación del poder (adhesión social, p. Ej. Mediante procedimientos democráticos).Análisis estructural: Estudia ls técnicas y formas propias del Drc:normas primarias/ secundarias, institucionalización (legislador, jueces, policía), procedimientos, reglas de competencia, validez y coacción.
No pregunta por los fines últimos, sino x el modo jurídico de perseguirlos. Ej:En Cuestión de Justicia, la condena inicial de McMillian cumple, en apariencia, la función de castigar y dar seguridad, pero latentemente actúa como control social y legitimación de autoridades sesgadas. La revisión y posterior exoneración resuelven el conflicto y re-legitiman el sistema al corregir la injusticia.En plano estructural, la diferencia con la mera fuerza está en el cómo: órgano competente, debido proceso, reglas probatorias, contradicción y decisión motivada que canalizan y limitan la coacción.Así se marca la distancia entre una pena arbitraria y una decisión jurídicamente válida.2)
Define las funciones del Drc
Resolución de conflictos: ofrecer cauces (sobre todo judiciales, pero también extrajudiciales) para decidir disputas cuando las partes no pueden acordar por sí mismas.Configuración de las condiciones de vida: ordenar la vida social (servicios públicos, límites a la autonomía privada, redistribución, políticas públicas).Organización del poder social:fijar quién manda y cómo (jueces, legislador, administración).Legitimación del poder: obtener adhesión al orden a través de reglas generales y, hoy especialmente, procedimientos democráticos y garantías.Ej:En Cuestión de Justicia, la condena inicial de McMillian busca dirigir la conducta (disuasión/seguridad),pero opera como control social sesgado.La revisión impulsada por Stevenson activa la resolución de conflictos: órgano competente, reglas probatorias y contradicción, hasta anular la condena.Se ve la organización del poder (fiscalía, defensa, juez, decisión motivada) que canaliza la coacción.El caso promueve ajustes y mayor escrutinio, configurando condiciones de vida más garantistas.Y la exoneración cumple una función de legitimación al recuperar confianza en el sistema.
3)¿Cómo influye el poder en el Derecho? Define iuspositivismo y iusnaturalismo
Creación: quien concentra el poder (Estado) produce el Drc (legisla) y fija fuentes y competencias. Contenido: orienta qué se prohíbe/promueve (políticas públicas, prioridades penales).Aplicación: controla policía, fiscalía y tribunales, condicionando persecución penal y recursos.Eficacia: aporta el monopolio de la fuerza para cumplir sanciones.Iuspositivismo: el Drc es el conjunto de normas válidas por su origen y forma (fuentes reconocidas, procedimiento)
, separado de la moral. La coacción estatal respalda su eficacia.Iusnaturalismo: existen principios morales/jurídicos superiores (ley natural) que fundamentan y limitan al Derecho positivo; una ley gravemente injusta pierde su carácter de verdadera ley.Ejemplo: En Cuestión de Justicia, el poder local dirige la investigación y el proceso hasta una condena que formalmente parece válida. La revisión activa el contrapeso jurídico y anula la sentencia. Iuspositivismo: fue válida por las formas hasta que el sistema la corrigió; iusnaturalismo: fue ilegítima desde el inicio por violar verdad, igualdad y debido proceso.
2)¿Cómo influye el Derecho en el poder? Define el Estado de Derecho
Constituye y organiza el poder: fija quién puede decidir, sobre qué y cómo (competencias, procedimientos).Lo limita: principio de legalidad y reserva de ley, derechos fundamentales, debido proceso, proporcionalidad, igualdad, y control judicial/constitucional.Canaliza la coacción: determina cuándo, cuánto y por quién puede usarse la fuerza.Exige rendición de cuentas: motivación de actos, publicidad, revisiones y responsabilidad de autoridades.Aporta legitimidad: la sujeción a reglas y garantías genera aceptación social (cuando se cumplen).Forma de organización en la que todo poder público está sometido al Drc, especialmente a la Constitución. Sus pilares: supremacía constitucional y legalidad, separación de poderes y contrapesos, independencia judicial (con control de constitucionalidad/legalidad), protección efectiva de derechos y seguridad jurídica (publicidad, previsibilidad).Ej: En el caso de Walter McMillian, la revisión judicial activa los límites del Estado de Derecho: reglas probatorias, debido proceso y un juez independiente que puede anular la condena ante violaciones graves (testimonios viciados, sesgos). Así, el Drc contiene y corrige el poder de policía y fiscalía, y legitima la decisión final al devolver la libertad mediante un procedimiento reglado y motivado.