Conceptos Clave del Empleo: Marco Legal y Políticas Activas

Empleo significativo según el Consejo Económico Estatal:

Es el realizado de manera continuada durante al menos 6 meses en la misma empresa con un horario de trabajo de al menos 20 horas semanales.

El Derecho del Trabajo

Instrumento al servicio de la política de empleo.

Gestión de la Flexibilidad

En la gestión de flexibilidad debe concederse en los convenios colectivos un especial protagonismo a:

No autoridad laboral ni órganos jurisdiccionales ni mixtos de gestión. Ninguno de los anteriores.

Ámbito Local y Política de Empleo

El ámbito local es el más idóneo para el diseño de la política de empleo porque es el más próximo al ciudadano.

El Empleo como Instrumento de Cohesión Social

El empleo es un instrumento clave para la lucha contra la falta de cohesión social.

Seguridad en el Empleo

El presupuesto básico del concepto de seguridad en el empleo es la contratación indefinida.

Intermediación Laboral

Cuando los trabajadores encuentran empleo gracias a la intermediación, no tienen que realizar ningún pago.

Servicios Públicos de Empleo

De acuerdo a la Ley de Empleo, dentro del catálogo de servicios de los servicios públicos de empleo se encuentra la concesión de subvenciones.

Planes Formativos de la Empresa

Ante el desacuerdo de los representantes de los trabajadores a los planes formativos de la empresa, la decisión final corresponde a la empresa.

Reparto Competencial en Intermediación y Colocación

Corresponde al estado la facultad normativa por ser materia incursa en el epígrafe laboral; mientras que a las CCAA corresponden las competencias de ejecución.

Competencias del SPE

Con la transferencia de competencias a todas las CCAA, el SPE tiene reconocidas sus competencias de intermediación a trabajadores inmigrantes, realizadas en sus países de origen.

Servicios a la Ciudadanía

Los servicios públicos de empleo deben prestar a parados y ocupados un servicio consistente en diagnóstico individualizado sobre el perfil, las necesidades y expectativas de la persona mediante entrevistas personalizadas.

Política de Colocación

Para la LE, la política de colocación, según su art. 20, es “el conjunto de acciones que tienen por objeto poner en contacto las ofertas de trabajo con los trabajadores que buscan empleo, para su colocación. La intermediación laboral tiene como finalidad proporcionar a los trabajadores un empleo adecuado a sus características y facilitar a los empleadores los trabajadores más apropiados a sus requerimientos y necesidades”; incluyendo, dentro de la misma, “la recolocación de los trabajadores que resultaran excedentes en procesos de reestructuración empresarial” de acuerdo con “sus planes sociales o programas de recolocación”.

Autoempleo

El elemento que cualifica el autoempleo es la falta de dependencia jurídica, es decir, no estar sometido al poder de dirección de otra persona.

Acuerdo Personal de Empleo

El acuerdo personal de empleo es firmado por el SPE y por el desempleado no beneficiario de la protección por desempleo.

Políticas Activas de Empleo

La LE enumera los ámbitos de actuación de las políticas activas de empleo en su art. 25; e incorpora a éstos, la formación y recualificación como las “acciones y medidas de aprendizaje, formación, recualificación o reciclaje profesional incluidas en el subsistema de formación profesional para el empleo”, cuya regulación se encuentra en el art. 26 de esta Ley.

Orientaciones Comunitarias en Materia de Empleo

De acuerdo con las orientaciones comunitarias en materia de empleo, se destacan:

  • La nº 7 –“aumentar la participación de mujeres y hombres en el mercado laboral, reducir el desempleo estructural y fomentar el empleo de calidad”–,
  • La nº 8 –“conseguir una población activa cualificada que responda a las necesidades del mercado laboral y promover el aprendizaje permanente”–,
  • La nº 9 –“mejorar la calidad y los resultados de los sistemas educativos y de formación en todos los niveles e incrementar la participación en la enseñanza superior o equivalente”–,
  • Y la nº 10 –“promover la inclusión social y luchar contra la pobreza”–.

Contrato Temporal

El contrato temporal genera segmentación y rotación.

Agencias de Colocación

Con la actual regulación, las agencias de colocación pueden tener fines lucrativos.

Contrato en Prácticas

No es posible realizar un segundo contrato en prácticas por un grado diferente si ya se ha realizado uno por un máster.

Vinculación Laboral

De no contratarse por una empresa a un alumno que ha realizado prácticas en la misma, no supondrá una vinculación jurídica laboral.

Sujetos Intervinientes en Materia de Empleo

Los entes locales son los más cercanos a la ciudadanía y, por tanto, relevantes en materia de empleo.

Derecho a la Formación

El art 23 del ET reconoce el derecho de los trabajadores: “los trabajadores con al menos un año de antigüedad en la empresa tienen derecho a un permiso retribuido de 20 horas anuales de formación vinculada al puesto de trabajo acumulables por un periodo de hasta tres años. La concreción del disfrute del permiso se fijará de mutuo acuerdo entre trabajador y empresario”.