Conceptos Clave en Relaciones Laborales y Formación para el Empleo
Beneficiarios de la Formación Profesional Continua
- Los trabajadores asalariados que prestan sus servicios en empresas privadas o entidades públicas empresariales y cotizan a la Seguridad Social en concepto de formación profesional.
- Los trabajadores incluidos en los regímenes especial agrario, de autónomos, del mar y otros de la Seguridad Social que no coticen por la contingencia de formación profesional.
- Los trabajadores fijos discontinuos en los periodos de no ocupación, los que acceden a la situación de desempleo cuando se encuentren en periodo de formación y los trabajadores acogidos a regulación de empleo en sus periodos de suspensión de empleo por expediente autorizado.
- Los socios trabajadores y de trabajo de las cooperativas, sociedades laborales y empresas y entidades de la economía social.
- El personal al servicio de las administraciones públicas puede participar a través de los planes específicos que se promuevan de acuerdo con el procedimiento que establezcan los acuerdos de formación continua en las administraciones.
Son beneficiarios prioritarios los trabajadores de pequeñas y medianas empresas, las mujeres, las personas con discapacidad, los mayores de 45 años y los trabajadores no cualificados.
Servicios Sociales
- Ayudas familiares
- Vestuarios
- Guardería
Fines de la Formación Profesional para el Empleo
- Favorecer la formación a lo largo de la vida de los trabajadores desempleados y ocupados, mejorando su capacitación profesional y desarrollo personal.
- Proporcionar a los trabajadores los conocimientos y las prácticas adecuadas a las competencias profesionales requeridas en el mercado de trabajo y a las necesidades de las empresas.
- Contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas.
- Mejorar la empleabilidad de los trabajadores, especialmente de los que tienen mayores dificultades de mantenimiento del empleo o de inserción laboral.
- Promover que las competencias profesionales adquiridas por los trabajadores, tanto a través de procesos formativos (formales y no formales) como de la experiencia laboral, sean objeto de acreditación.
¿Qué es el Contrato de Trabajo?
El contrato de trabajo es el acuerdo bilateral, verbal o escrito, mediante el cual una persona, el trabajador, se compromete a realizar personal y voluntariamente un trabajo por cuenta ajena y bajo la organización y dirección de otra, el empresario, a cambio de una remuneración.
Crédito para la Formación Continua
Es la cantidad de que dispone la empresa para financiar, a través de las bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social, las acciones de formación continua a desarrollar por sus trabajadores.
Servicios Culturales y Necesidades Asociadas
- Necesidades de carácter formativo: biblioteca, estudios del personal, etc.
- Necesidades deportivas: instalaciones de la empresa, cuotas para el uso de instalaciones externas, etc.
- Necesidades recreativas o lúdicas: fiestas, comidas, residencias de verano, excursiones, etc.
Contrato para la Formación y el Aprendizaje
Su objeto será la formación teórica y práctica necesaria para el desempeño adecuado de un oficio o puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de 16 años y menores de 25 años que carezcan de la titulación requerida para realizar un contrato en prácticas. El límite de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración es de 1 a 3 años (aunque por convenio colectivo se pueden establecer otras duraciones, entre 6 meses y tres años en función de las necesidades organizativas y productivas de las empresas).
¿Qué son los Trabajadores Asalariados?
Son aquellos que prestan sus servicios en empresas privadas o entidades públicas empresariales y cotizan a la Seguridad Social en concepto de formación profesional.
Finalidades de las Acciones Formativas e Iniciativas de Formación
- Favorecer la formación de los trabajadores a lo largo de la vida, mejorando su capacitación profesional y desarrollo personal.
- Mejorar la productividad y competitividad de la empresa.
- Mejorar la empleabilidad.
Formas de Participación de los Trabajadores en la Empresa
- Directa (la participación la ejerce el trabajador directa e individualmente)
- Asamblea
- Referéndum
- Indirecta (la participación ejercida por los delegados de personal o comités de empresa en representación del colectivo de trabajadores)
Definición y Características de la Acción Social Tradicional
Nota: La definición de la acción social tradicional no se encuentra en el documento original.
- Otorga a los trabajadores un conjunto heterogéneo de prestaciones: Beneficios accesorios.
- Un común denominador: proporcionar ventajas económicas o servicios que no están conectados causalmente con el trabajo realizado y cuyo otorgamiento no haya sido establecido obligatoriamente por una disposición legal.
- Escasez y dispersión normativa y diversidad de modalidades.
- Naturaleza jurídica de difícil distinción (si es salarial, extrasalarial, beneficio social, etc.).
¿Qué se entiende por Mutualidades de Prestación Social?
Son «sociedades de seguros mutuos» o «sociedades de socorro mutuos«. Entidades aseguradoras privadas sin ánimo de lucro que ejercen una modalidad aseguradora de carácter voluntario complementaria al sistema de Seguridad Social obligatorio, mediante aportaciones a prima fija o variable de los mutualistas, personas físicas o jurídicas, o de otras entidades o personas protectoras.
Tipos de Iniciativas de Formación Continua
- Acciones de formación continua en las empresas
- Se planifican, organizan y gestionan por las empresas para sus trabajadores. Su ejecución requiere un crédito anual.
- Comprenden los Permisos Individuales de Formación (PIF) cuyo objeto es que los trabajadores puedan realizar acciones formativas.
- Contratos Programa para la formación de trabajadores
- Su objeto es la formación de los trabajadores en competencias transversales y horizontales a varios sectores de la actividad económica. Su financiación se realiza a través de convocatorias de subvenciones públicas.
- Pueden optar a estas subvenciones entidades representativas o con suficiente implantación en su ámbito sectorial o territorial.
- Acciones Complementarias y de Acompañamiento a la Formación
- Tienen por objeto la realización de investigaciones y la elaboración de productos y herramientas innovadores relacionados con la Formación Continua. La financiación se realiza mediante convocatorias anuales de subvenciones públicas.