Derecho Laboral en México: Aspectos Clave y Regulación de Contratos
Derecho del Trabajo: Conceptos Fundamentales
El Derecho del Trabajo es el conjunto de normas jurídicas que regulan la relación laboral entre patrones y trabajadores. Para su estudio, se divide en tres partes:
- Derecho Individual: Estudia los fenómenos que ocurren entre un patrón y un solo trabajador.
- Derecho Colectivo: Estudia los fenómenos que ocurren cuando los trabajadores o patrones se asocian, los convenios que celebran y las pugnas o conflictos que entre ellos se suscitan.
- Derecho Procesal: Indica los medios o procedimientos que deben seguirse ante las autoridades para obtener el resto de las normas jurídicas o para la composición de los conflictos laborales.
Derecho Individual del Trabajo
Cualquiera que sea su forma o denominación, es aquel por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado mediante un pago de un salario.
Trabajo de los Menores
La mayoría de edad en materia laboral es de 16 años, pero la ley permite el trabajo de niños mayores de 14 años y menores de 16 que deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Haber terminado la instrucción primaria.
- Tener el consentimiento de sus padres.
- Contar con un certificado médico que los avale para el trabajo.
Gozan de las siguientes prerrogativas:
- No podrán desempeñar trabajos nocturnos, insalubres o peligrosos.
- No deben ser utilizados en expendios de bebidas embriagantes de consumo inmediato (cantinas) o en trabajos susceptibles.
- No trabajar en labores que impliquen el consumo de bebidas embriagantes.
- No deben ser empleados en trabajos subterráneos o submarinos, ni donde existan sustancias químicas que les causen peligro a su salud.
- Su jornada de trabajo no podrá exceder de 6 horas diarias, dividiéndose en periodos máximos de 3 horas y un reposo de 1 hora entre ambas.
- Tendrán un periodo de vacaciones de 18 días laborables.
- No podrán ser obligados a laborar horas extras.
Trabajo de las Mujeres
Tienen los mismos derechos y obligaciones que los varones, pero cuentan con los siguientes beneficios:
- No pueden ser empleadas en labores insalubres o peligrosas, o en trabajos nocturnos industriales después de las 10 de la noche.
- Durante el embarazo, no podrán ser utilizadas en trabajos peligrosos para su salud y la de su hijo, o estar de pie por mucho tiempo.
- Durante las 6 semanas antes y después del parto, disfrutarán de un descanso y gozo de salario íntegro.
- En el periodo de lactancia, las mujeres disfrutarán de 2 reposos extraordinarios de media hora para alimentar a su hijo, y el menor tendrá derecho a servicio de guardería cuando tenga 43 días de nacido hasta que tenga 4 años.
Roles y Contratos en el Ámbito Laboral
Patrón
Es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores.
Empleado de Confianza
Se encuentra en una situación laboral entre el trabajador y su categoría. Depende de la naturaleza de las funciones que desempeñan y que son: dirección, inspección, vigilancia y fiscalización. En todos los trabajos debe existir la característica fundamental que se denomina subordinación jurídica por parte del patrón, que es el poder de mando, y el deber de obediencia por parte del trabajador.
Intermediario
Es la persona que contrata o interviene en la contratación de otra u otras para que presenten servicios a un patrón.
Contratista
Es la persona que se compromete a realizar un trabajo con elementos propios suficientes para cubrir con las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores.
Comisionista Mercantil
Es aquel empleado de la empresa que percibe ingresos por comisión respecto de la venta de los productos encomendados.
Contrato con los Altos Empleados
Lleva a cabo servicios de director o jefe de departamento de una empresa, mas sin embargo, debe seguir las instrucciones del patrón con una clara subordinación jurídica. Tiene jornada de trabajo, salario y lo que lo distingue de los demás es lo relativo a la relación que guarda con el patrón.
Contratos Especiales
- Deportistas profesionales.
- Trabajadores actores.
- Trabajo a domicilio.
- Trabajadores domésticos.
- Trabajadores de campo.
- Trabajadores universitarios.
Deportistas Profesionales
Son aquellos que perciben un ingreso por practicar un deporte y, con relación al trabajo normal, tienen modalidades como las horas de trabajo, firmas por una o varias temporadas o para la celebración de uno o varios eventos. El deportista no podrá ser traspasado a otro club sin su consentimiento y, si se efectúa un traspaso, tendrá derecho a cobrar hasta el 25% del monto de traspaso.
Causas especiales de rescisión de contrato:
- Indisciplina grave.
- Faltas repetidas de indisciplina.
- Pérdida de facultades.
Trabajadores Actores
Son quienes actúan en orquestas, centros nocturnos, obras teatrales y cinematográficas, circos, salas de doblaje, etc., o en las que se transmita con fotografía la imagen del actor, y se dispone que el salario podría estipularse por una o varias temporadas.
Trabajo a Domicilio
Es aquel en el que el trabajador trabaja personalmente o con ayuda de sus trabajadores en desarrollar la labor encomendada, con la obligación de entregarla en el tiempo convenido.
Trabajadores Domésticos
Son aquellos que prestan servicios de aseo, asistencia y demás propios o inherentes al hogar de una persona o familia. Se excluye de esta clase de trabajos a quienes presentan a sus servicios de hoteles, casas de asistencias, restaurantes, fondas, hospitales o colegios.
Trabajadores de Campo
Son aquellas personas que ejecutan trabajos propios y habituales de la agricultura y ganadería al servicio de un patrón.
Trabajadores Universitarios
Están formados por sindicatos:
- Personal académico.
- Personal administrativo.
- Personal de instituciones que comprendan ambos tipos de trabajadores.
Tienen las siguientes categorías:
- Hora – clase.
- Medio tiempo (4 horas).
- Tiempo completo.
Requisitos Formales de los Contratos de Trabajo
- Nombre del trabajador.
- Nacionalidad del trabajador.
- Edad.
- Domicilio del patrón y trabajador.
- Se deben indicar los servicios que se van a prestar con la mayor precisión posible.
- Se debe precisar la duración del contrato del trabajo, jornada diaria o semanal, salario o remuneración que se va a percibir.
- Señalar el lugar donde se va a prestar el trabajo, si será en la ciudad, región o en todo el país.
- Incluirse otras condiciones de trabajo como días de descanso, vacaciones y demás que convengan al trabajador y al patrón.
Contrato para Trabajar en el Extranjero
- Documento por escrito que contenga los requisitos formales, gastos de transporte y alimentación, y cumplir con disposiciones sobre migración.
- Tendrá derecho a las prestaciones que otorguen las instituciones de seguridad y prevención social a los extranjeros en el país a donde vaya a prestar sus servicios.
- Domicilio que el patrón tenga en el extranjero y señalar uno dentro de la República Mexicana donde exigírsele las acciones firmadas del contrato.
- El contrato deberá registrarse ante la Junta de Conciliación y Arbitraje del domicilio del trabajador, y el patrón deberá otorgarle una fianza que garantice el cumplimiento de sus obligaciones.
- Se prohíbe la utilización de menores de 18 años para prestar servicios fuera de la República Mexicana, con excepción de técnicos, deportistas y artistas.
- El trabajador dentro de la República ejecuta sus labores en lugar diverso de su residencia habitual y, siempre que esa distancia sea mayor a 100 km, se ordena la aplicación de las disposiciones para trabajar en el extranjero y deberá dársele un anticipo de salario del 25% por lo menos y garantizarle pasaje de ida y regreso.
Participación de Utilidades en México
Esta ley federal de trabajo establece que los trabajadores deberán disfrutar de salarios para satisfacer las necesidades normales de vida de un obrero como jefe de familia y, además, tendrán derecho a una participación en las utilidades de la empresa para la cual laboran.