Fundamentos del Derecho Laboral: Fuentes, Derechos y Tutela

Fuentes del Derecho del Trabajo

Las fuentes del Derecho del Trabajo se clasifican en:

Fuentes Estatales

  • La Constitución Española (CE).
  • Leyes y actos del Gobierno con fuerza de ley.
  • Reglamentos.

Fuentes Extraestatales

  • Fuentes supranacionales e internacionales (normas de derecho comunitario europeo y normas internacionales).
  • Fuentes profesionales: el convenio colectivo.

Jurisprudencia

La jurisprudencia relevante emana del Tribunal Supremo (TS) o del Tribunal Constitucional (TCo).

Derechos Fundamentales en el Ámbito Laboral

Los derechos fundamentales son aquellos recogidos en el Capítulo II, Título I de la Constitución Española (CE). Estos derechos disponen de una tutela constitucional doble y reforzada; es decir, cuentan con las garantías comunes y con derechos específicos para su protección.

Tutela Constitucional Reforzada

Las garantías de tutela son:

  • El principio de vinculación de todos los poderes públicos.
  • El principio de reserva de ley.
  • La competencia del Tribunal Constitucional para reconocer recursos de inconstitucionalidad.

Al ser un derecho fundamental, se cuenta con un procedimiento específico y con protección reforzada. Si se vulnera alguno de estos derechos, existe una protección añadida y especial. Habría que seguir un procedimiento específico, ya que tienen un carácter preferente. Gozan de tutela adicional por ser fundamentales: tienen acceso a los tribunales ordinarios a través de un recurso específico, y se podrá acudir al Tribunal Constitucional a través del recurso de amparo.

Artículo 52 de la CE

Cualquier ciudadano podrá recabar la tutela de las libertades y derechos reconocidos en el Artículo 14 ante los Tribunales ordinarios por un procedimiento basado en los principios de preferencia y sumariedad y, en su caso, a través del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Este último recurso será aplicable a la objeción de conciencia reconocida en el Artículo 30.

El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el Capítulo III informará la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Solo podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen.

El Recurso de Amparo (Artículo 53 de la CE)

El Artículo 53 de la CE establece que cuando haya una agresión de los derechos fundamentales se podrá ir en defensa de esos derechos ante el Tribunal Constitucional a través de recursos de amparo en los supuestos regulados por ley. Presenta un modelo restringido de amparo porque solo se puede llevar ante el Tribunal Constitucional la agresión de derechos y libertades fundamentales que hayan sido cometidas por los poderes públicos y solo cuando se haya agotado la vía ordinaria.

El plazo para interponer recurso de amparo será de 30 días a partir de la notificación de la resolución recaída en el proceso judicial, es decir, la sentencia.

Tutela Administrativa: La Inspección de Trabajo

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) es un organismo clave en la tutela administrativa del cumplimiento de la normativa laboral.

Actuación de la Inspección de Trabajo

La actuación de la Inspección de Trabajo está dirigida a comprobar el cumplimiento de la normativa de orden social, lo que en el Reglamento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (RISOS) se denomina “actuación inspectora previa”. Ejerce su función bien por orden superior, bien por propia iniciativa, o bien en virtud de denuncia de un trabajador.

Medidas Adoptadas por el Inspector

El inspector puede adoptar diversas medidas, entre las que se incluyen:

  • Formular una mera advertencia.
  • Formular un requerimiento al inspeccionado para que cumpla, en un determinado plazo, los deberes que no ha cumplido.
  • Ordenar la paralización de trabajos que impliquen riesgos graves para la salud de los trabajadores.
  • Promover procedimientos de oficio (afiliación, altas, bajas).
  • Instar en vía administrativa el recargo de prestaciones por infracción de normas de salud laboral.
  • Proponer a las empresas con riesgo de enfermedades profesionales primas adicionales a la cotización de la Seguridad Social (SS).
  • Levantar actas de infracción o liquidación (siendo esta última la principal).

Tipos de Actas de Inspección (Artículo 7.4 LIT)

El Artículo 7.4 de la Ley de la Inspección de Trabajo (LIT) identifica dos tipos principales de actas:

Actas de Liquidación

Son actos administrativos de carácter ejecutivo ante los cuales solo cabe interponer recursos ordinarios ante la jurisdicción. Su función es regularizar las cotizaciones de la Seguridad Social debidas por el empresario. Si el empresario no está de acuerdo, solo puede reclamar ante el juez.

Actas de Infracción

Son un acto preparatorio para la resolución final del proceso que se seguirá ante la autoridad administrativa con audiencia del interesado/inspeccionado. El inspector detalla los hechos que constituyen infracción empresarial y propone la correspondiente sanción. Estas actas gozan de presunción de certeza; se considera que lo recogido en ellas es cierto salvo que se demuestre lo contrario.

Principios Constitucionales Fundamentales

La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

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