Marco Legal y Fundamentos Pedagógicos de la Enseñanza Religiosa en España

Marco Normativo de la Enseñanza Religiosa

Constitución Española

  • Artículo 16: Se garantiza la libertad ideológica y religiosa sin más limitación que el orden público. Establece la aconfesionalidad del Estado, pero obliga a los poderes públicos a mantener relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y demás confesiones.
  • Artículo 27: Reconoce la libertad de enseñanza. Obliga a los poderes públicos a garantizar que los hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con las convicciones de los padres. Establece que la educación básica es obligatoria y gratuita, reconociendo la autonomía de las universidades.

Acuerdos de Cooperación entre la Santa Sede y el Estado Español (1979)

  • Artículo I: Principios fundamentales: Libertad y derechos. Marco ético.
  • Artículo II: Oferta y carácter de la asignatura: Inclusión obligatoria, voluntariedad y actividades extra.
  • Artículo III y VII: El profesorado: Selección, derechos laborales, integración plena en el claustro y situación económica pactada entre el Estado y la Conferencia Episcopal.
  • Artículo VI: Contenidos y supervisión: Control eclesiástico y estatal.

Acuerdos de cooperación con otras confesiones (1992)

Se regulan las enseñanzas en centros públicos y concertados para la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE), la Federación de Comunidades Israelitas de España (FCIE) y la Comisión Islámica de España (CIE), siempre que se solicite por 10 alumnos o más por etapa educativa.

Disposición adicional 2ª (LOMLOE)

  1. La religión católica se ajustará al Acuerdo entre la Santa Sede y el Estado Español. Será de oferta obligatoria para los centros y voluntaria para los alumnos.
  2. La enseñanza de otras confesiones se ajustará a sus respectivos Acuerdos de Cooperación.
  3. En primaria y en ESO se podrá establecer la enseñanza no confesional de cultura de las religiones.

RD de enseñanzas mínimas de Educación Primaria

  1. Las administraciones garantizarán que, al inicio del curso, las familias manifiesten su voluntad de recibir o no estas enseñanzas.
  2. Los centros dispondrán medidas organizativas para quienes no elijan religión (atención educativa), las cuales:
  • Se dirigirán al desarrollo de competencias clave y proyectos significativos.
  • Potenciarán la autoestima, autonomía, reflexión y responsabilidad.
  • Favorecerán la interdisciplinariedad.
  • No comportarán el aprendizaje de contenidos curriculares de otras áreas ni del hecho religioso.
La determinación del currículo es competencia de la jerarquía eclesiástica o autoridades religiosas. La evaluación de la religión católica tendrá los mismos términos y efectos que otras áreas, pero no computará en convocatorias de concurrencia competitiva (ej. becas).

Argumentos a favor de la Educación Religiosa

  • Antropológico: Dimensión inseparable del ser humano que abarca capacidades que superan lo racional (ética, estética y autotrascendencia).
  • Pedagógico: Diferencia la instrucción de la formación integral, potenciando las inteligencias múltiples.
  • Metafísico: Integra las preguntas profundas sobre el sentido de la existencia y ayuda a procesar «experiencias límite».
  • Lingüístico: Posee códigos propios necesarios para descifrar la realidad y los contextos sagrados.
  • Cultural e Intercultural: Base indispensable para entender las raíces, valores actuales y facilitar el diálogo.
  • Sociológico: Configura un universo simbólico que da contenido a tradiciones y al calendario.
  • Histórico: Factor determinante para comprender el pasado y transmitir el legado con significado.

Evolución de la imagen de Dios según la edad

  • 3 a 6 años: Pensamiento animista y egocéntrico. Antropomorfismo material (Dios con forma humana, rasgos mágicos y justicia punitiva).
  • 6 a 8 años: Pensamiento lógico-concreto. Antropomorfismo mitigado (Dios invisible pero con cualidades humanas supremas). Relación contractual y moral heterónoma.
  • 8 a 10 años: Pensamiento realista. Desaparición del antropomorfismo físico. Dios definido por atributos abstractos (bondad, misericordia). Nace la moral autónoma.
  • 10 a 12 años: Pensamiento abstracto y crítico. Concepción espiritual y simbólica. Se rompe el patrón contractual y surge el interés por la figura histórica de Jesús.