Modalidades Formativas Laborales en Perú: Tipos y Características
Modalidades Formativas Laborales
Las diversas modalidades formativas laborales están reguladas por:
- Ley 28158 (24.05.2005)
- Decreto Supremo Nº 007-2005-TR (19.09.2005)
- R.M. Nº 069-2007-TR (17.03.2007), modificada por la R.M. Nº 142-2007-TR (24.05.2007), que aprobaron los modelos de formatos a utilizar en los diversos procedimientos y trámites relacionados con estas modalidades formativas.
Concepto
Las modalidades formativas laborales son tipos especiales de convenios que relacionan el aprendizaje teórico y práctico mediante el desempeño de tareas programadas de capacitación y formación profesional. Estos convenios no están sujetos a las normas laborales vigentes, sino a disposiciones específicas que las regulan.
Ámbito
Las normas que regulan las diversas modalidades formativas laborales son de aplicación en todas las empresas, sean públicas o privadas, sujetas al régimen laboral de la actividad privada.
1. El Aprendizaje
Es una modalidad que se caracteriza por realizar parte del proceso formativo en las unidades productivas de las empresas, previa formación inicial y complementación en un Centro de Formación Profesional (CFP) debidamente autorizado. Las labores que realice el beneficiario deben estar directamente relacionadas con las áreas correspondientes a su formación académica. Se formaliza a través de un Convenio de Aprendizaje, el cual contiene un acuerdo de voluntades, responsabilidades y obligaciones celebrado entre la Empresa, el Centro de Formación Profesional y el aprendiz.
Requisitos
- Persona mayor de 14 años cumplidos.
- Haber concluido estudios primarios.
Obligaciones de las Partes
- La Empresa: Brindar facilidades para que el aprendiz realice su aprendizaje práctico, durante el tiempo que dure su formación profesional, mediante la ejecución de tareas correspondientes a un plan específico, previamente definido por el CFP, así como permitirle asistir a actividades complementarias programadas por su Institución.
- Del Aprendiz: Se obliga a cumplir con las tareas productivas en una empresa por un tiempo determinado conforme al Reglamento de esta y del Centro de Formación Profesional.
- Del CFP: Le corresponde dirigir, planificar y conducir a nivel nacional las actividades de capacitación, perfeccionamiento y especialización de los aprendices, así como evaluar y certificar las actividades formativas.
Modalidades de Aprendizaje
- a) Aprendizaje con predominio en la Empresa: Se realiza con predominio de formación en la empresa patrocinadora, con espacios programados y definidos para su aprendizaje en el CFP.
Plazo: La duración del convenio guarda relación directa con la extensión de todo el proceso formativo.
- b) Aprendizaje con predominio en el Centro de Formación Profesional (Prácticas Preprofesionales): Se le permite a la persona en formación, durante su condición de estudiante, aplicar sus conocimientos, habilidades y aptitudes mediante el desempeño de una situación real de trabajo por un tiempo determinado.
Plazo: La duración del convenio es proporcional a la duración de la formación y al nivel de la calificación de la ocupación.
2. Práctica Profesional
Esta modalidad comprende a los egresados antes de la obtención de su título profesional.
- Su finalidad: Es consolidar los aprendizajes adquiridos a lo largo de su formación profesional, así como ejercitar su desempeño en una situación real de trabajo.
- Las labores: Que realice el practicante deben estar directamente relacionadas con las áreas a las que corresponde su formación académica.
Del Convenio
Este aprendizaje se realiza mediante un convenio de práctica profesional que se celebra entre una Empresa y una persona que egresa de un CFP.
Plazo
La duración del convenio no puede ser mayor de 12 meses, salvo que el Centro de Formación o la Universidad, por reglamento o norma similar, determinen una extensión mayor.
3. Capacitación Laboral Juvenil
Es una modalidad que se caracteriza por realizar el proceso formativo en las unidades productivas de las empresas, permitiendo a los beneficiarios ejercitar su desempeño en una situación real de trabajo.
Requisitos
- Jóvenes entre 16 y 23 años cumplidos.
- Que no hayan culminado o interrumpido la educación básica, o que habiéndola culminado no sigan estudios de nivel superior, sean técnicos o universitarios.
Finalidad
Que puedan adquirir conocimientos teóricos y prácticos a fin de incorporarlos a la actividad económica en una ocupación específica.
Plazo
El convenio tiene que tener una duración no mayor de 6 meses en ocupaciones de poca calificación, prorrogable por 6 meses más. Y debe ser no mayor de 24 meses en ocupaciones que requieren mayor calificación.